Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170608-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 15

72
Madrid número 15. Procedimiento 480 de 2014, notificación a Iris Universal, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 480 de 2014 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Vistos por mí, Vilma del Castillo González, los autos del juicio ordinario número 480 de 2014, en los que han sido parte demandante don Daniel Jesús Coco González y doña María José Videra Mérida, representados por el procurador don Ángel Martín Gutiérrez, y como parte demandada “Iris Universal, Sociedad Limitada”, y frente a “Hispamer Servicios Financieros EFC Bankia, Sociedad Anónima”, representada por don Ricardo de la Santa Márquez, en virtud de las facultades otorgadas por la Constitución española y en nombre de Su Majestad el Rey, procedo a dictar la siguiente resolución:

Sentencia número 77 de 2017

Magistrada-juez: doña María Vilma del Castillo González.—Madrid, a 17 de marzo de 2017.

Estimo la demanda interpuesta por don Daniel Jesús Coco González y doña María José Videra Mérida frente a “Iris Universal, Sociedad Limitada”, e “Hispamer Servicios Financieros EFC, Sociedad Anónima”, y, en consecuencia, con los efectos inherentes a tal declaración:

1.o Declaro la nulidad del contrato de aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles, de 12 de septiembre de 2005, concertado entre los demandantes e “Iris Universal, Sociedad Limitada”, con los efectos inherentes a tal declaración.

2.o Declaro la nulidad del contrato de préstamo bancario de 20 de octubre de 2005 celebrado entre los codemandantes y la entidad “Hispamer Servicios Financieros EFC, Sociedad Anónima”.

3.o Condeno a “Hispamer Servicios Financieros EFC, Sociedad Anónima”, a abonar a los codemandantes la cantidad de 22.214,16 euros.

4.o Todo ello con la obligación de “Hispamer Servicios Financieros EFC, Sociedad Anónima”, e “Iris Universal, Sociedad Limitada”, de abonar las costas causadas en el presente procedimiento a don Daniel Jesús Coco González y doña María José Videra Mérida.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Dedúzcase testimonio y únase a la presente causa, registrándose el original en el libro de sentencias del Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Iris Universal, Sociedad Limitada”, y para que sirva de notificación en legal forma la citada resolución, por medio de edictos publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a la demandada “Iris Universal, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 22 de marzo de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.946/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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