Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170607-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 4

61
Móstoles número 4. Procedimiento 1.543 de 2008, notificación a AN.SE.PA., S. L.

EDICTO

Doña María del Mar García Escobar, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Móstoles.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.543 de 2008, instados por el procurador don Juan Antonio Gómez García, en nombre y representación de comunidad de propietarios del polígono “Expansión”, número 6, de Móstoles, contra “AN.SE.PA, Sociedad Limitada”, y otros, en los que se ha dictado en fecha 9 de enero de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda formulada por la representación de la comunidad de propietarios del polígono “Expansión”, número 6, de Móstoles, contra don Félix Aparicio Vargas, doña Leandra Aparicio Zaragoza, “Vinci Codex, Sociedad Limitada”, don Manuel Arias Ferruelo, don Agustín Colmenero Garlito, doña Isabel Rodríguez Presa, “Toplas Ibérica, Sociedad Anónima”, don Jesús Valdés López, “AN.SE.PA, Sociedad Limitada”, “Reformas Difra, Sociedad Limitada”, “Rosarlo-Gar, Sociedad Limitada”, don José Sánchez Robles, “Bankinter, Sociedad Anónima”, “Priecon, Sociedad Limitada”, “Inmuebles Pardo, Sociedad Limitada”, don Emilio Crego Iglesias, don Tomás Díez Gasco, “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima” (hoy “Turbaflor, Sociedad Limitada”, y “Gaba-Y, Sociedad Limitada”), “Banco Pastor, Sociedad Anónima”, “Talleres Reparaciones Récord, Sociedad Limitada”, “Cedomti, Sociedad Limitada”, y “Técnica Mecánica Normalizada, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a los demandados a integrarse en la comunidad de propietarios del polígono “Expansión”, número 6, de Móstoles, con efectos del día 14 de febrero de 2006, así como al abono de las costas procesales.

Que, estimando la demanda formulada por la representación de la comunidad de propietarios del polígono “Expansión”, número 6, de Móstoles, debo condenar y condeno al “Instituto Municipal del Suelo de Móstoles, Sociedad Anónima”, a que abone a la actora la suma de 7.519,42 euros en concepto de cuotas comunitarias, más los intereses legales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, así como al abono de las costas procesales.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “AN.SE.PA, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Móstoles, a 20 de abril de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/17.943/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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