Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
06-06-2017

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170606-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

45
Fuenlabrada. Régimen económico. Presupuesto general 2017

El Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 2017, aprobó el expediente de modificación de las bases de ejecución del presupuesto general del Ayuntamiento de Fuenlabrada para 2017, en relación a la inclusión del “Artículo 25 bis: expedientes de gasto condicionados a la aprobación de una modificación de crédito” y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado reclamaciones y/o alegaciones a la aprobación inicial, el expediente se considera definitivamente aprobado.

“Artículo 25 bis: expedientes de gasto condicionados a la aprobación de una modificación de crédito”:

1. Podrán tramitarse expedientes de gasto condicionados a modificaciones presupuestarias únicamente hasta la fase de autorización del gasto (fase A); a tal efecto, en el expediente de gasto, junto a la propuesta de autorización del gasto, deberá incluirse la siguiente documentación:

a) En sustitución del certificado de existencia de crédito, se incluirá un certificado del acuerdo de aprobación inicial de la modificación adoptado por el órgano competente.

b) La propuesta de acuerdo de autorización del gasto y el pliego de prescripciones técnicas regulador del procedimiento de contratación deberá expresar que la aprobación del expediente de gasto queda condicionada a la existencia de crédito suficiente y adecuado, una vez entre en vigor la modificación presupuestaria tramitada.

2. En ningún caso podrán adoptarse acuerdos de disposición o compromiso de gastos (fase D) en tanto no esté aprobada definitivamente la modificación de crédito y se haya incorporado al expediente de gasto el documento de retención de crédito (RC) por el importe del gasto que se proponga disponer.

En Fuenlabrada, a 2 de junio de 2017.—El alcalde en funciones, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/19.320/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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