Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
06-06-2017

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170606-182

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

COLEGIO PROFESIONAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID

182
Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid. Notificación

Este Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid pone en conocimiento del colegiado número 8401, don Javier Arnaiz García, que por el instructor del expediente disciplinario que se le ha incoado, don José Luis Jiménez Azaustre, según designación efectuada por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 21 de septiembre de 2016 (acta 415) y habiendo visto los antecedentes facilitados por la Sección de Disciplina de Colegiados, como consecuencia de la reclamación formulada por la comunidad de propietarios “Jardines de Valderas”, calle Flores, número 85, de Alcorcón (Madrid).

Considerando que pudieran ser constitutivos de sanción disciplinaria en base a lo previsto en los vigentes estatutos y Reglamento de Régimen Disciplinario se le formulan los siguientes cargos, en relación a ambas denunciantes:

1.o “Incumplimiento de los deberes u obligaciones profesionales, salvo causa que lo justifique, cuando por causa del mismo se deriven perjuicios a los clientes o se menoscabe el prestigio y dignidad profesional” (artículo 34, apartado 2, letra J, de los estatutos, y artículo 7, apartado 2, letra A, del Reglamento).

2.o Retrasar la confección de la correspondiente liquidación de cuentas al cese de su cargo, después de transcurridos cuarenta y cinco días desde la fecha en que se llevara a cabo dicho cese” (artículo 34, apartado 2, letra L, de los estatutos, y artículo 7, apartado 2, letra C, del Reglamento).

Se concede al expedientado la preceptiva audiencia para que pueda examinar el expediente, pudiendo alegar en su defensa o descargo cuanto convenga a sus intereses, por escrito, en el plazo de quince días, contados a partir de la notificación de esta resolución, aportando los medios probatorios.

Asimismo, se le comunica que de no designar usted otro defensor en el plazo de cinco días, se designará uno de oficio.

Madrid, a 5 de abril de 2017.

(02/17.654/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS

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