Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
02-06-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170602-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

117
Alcobendas número 5. Procedimiento 353 de 2014, notificación a Lucy Elizabeth Sarabia Bejarano y otros

EDICTO

Doña Laura Pérez Puente, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 353 de 2014, instados por procurador don Francisco Abajo Abril en nombre y representación de “Aiqon Caqpital Grup (Lux) S. A. R. L.”, contra doña Lucy Elizabeth Sarabia Bejarano y don Roger Vicente Yajure Revilla, en reclamación de 860,16 euros, en los que se ha dictado, en fecha 16 de septiembre de 2014, sentencia cuyo encabezamiento y fallo son como sigue:

Sentencia número 276 de 2014

En Alcobendas, a 16 de septiembre de 2014.—Doña Ana Laita García-Luzón, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio verbal, registrados con el número 353 de 2014, promovidos por la entidad “Banco Santander, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don Javier García Guillén, contra don Roger Vicente Yajure Revilla y doña Lucy Elizabeth Sarabia Bejarano, ambos en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la entidad “Banco Santander, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don Javier García Guillén, contra don Roger Vicente Yajure Revilla y doña Lucy Elizabeth Sarabia Bejarano, ambos en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a los demandados a que paguen solidariamente a la actora la cantidad de 860,16 euros, más los intereses referidos y las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber de que la misma es firme, y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Dispongo que se lleve esta sentencia al libro de sentencias de este Juzgado, dejando certificación del mismo en las actuaciones y que se tome oportuna nota en los libros-registro.

Así lo acuerda y firma.—La magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas, Ana Laita García-Luzón.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Lucy Elizabeth Sarabia Bejarano y don Roger Vicente Yajure Revilla, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 29 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.508/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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