Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
02-06-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170602-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88

114
Madrid número 88. Procedimiento 973 de 2014, notificación a Manuel Carmelo Cebriano Cobos

EDICTO

Don Pedro Ángel Guirao Llorente, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 973 de 2014, instados por la procuradora doña María Paloma Martín Martín, en nombre y representación de don Antonio Fuertes Aguado y doña Julia Castro Acevedo, contra don José Antonio Fernández Ortiz, doña María Nieves Ortiz Sainz Aja, don Antonio Sainz Maza Fernández, don Manuel Carmelo Cebriano Cobos, don Óscar Sainz-Maza Fernández, doña María Nieves Sainz Maza Fernández y doña Matilde Fernández Ortiz, en los que se ha dictado, con fecha 5 de abril de 2017, sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda presentada por la procuradora doña Paloma Martín Martín, en nombre y representación de don Antonio Fuertes Aguado y doña Julia Castro Acevedo, contra don Manuel Carmelo Cebriano Cobos, don Oscar Sainz-Maza Fernández, doña María Nieves Sainz Maza Fernández y doña Matilde Fernández Ortiz, y contra estos tres últimos en su condición de herederos de los titulares registrales no inicialmente demandados, doña María Nieves Ortiz Sainz Aja, don Antonio Sainz Maza Fernández y don José Antonio Fernández Ortiz, procede declarar que:

Se ha acreditado el derecho de propiedad que ostentan doña Julia Castro Acevedo y don Antonio Fuertes Aguado sobre la vivienda, finca registral número 26.709 del Registro de la Propiedad número 13 de Madrid, tomo 643, libro 543, folio 56, en la forma y por el título expresado, debiendo condenar y condeno a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos a todos y cada uno de los demandados y, en particular, a posibilitar el acceso al Registro de la Propiedad del derecho que ostentan los demandantes sobre la vivienda objeto del presente procedimiento, ordenando la cancelación y rectificación de todos aquellos asientos registrales que resulten contradictorios con el derecho de esta parte actora.

No procede hacer expresa imposición de las costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 4140-0000-04-0973-14 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”, Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 4140-0000-04-0973-14.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Manuel Carmelo Cebriano Cobos, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 5 de abril de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/17.295/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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