Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170525-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

183
Madrid número 36. Procedimiento 1.186 de 2016, notificación a Francisco Javier Ruiz Hernández

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGUSTIAS CARO VIDA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 36 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1186/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NOELIA LAGE GARCIA frente a D./Dña. FRANCISCO JAVIER RUIZ HERNANDEZ y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución

FALLO

Que estimando la demanda formulada por Dª Noelia Lage García, contra la empresa Francisco Javier Ruiz Hernández en materia de reclamación de cantidad, con intervención del Fondo de Garantía Salarial DEBO CONDENAR Y CONDENO a la empresa Francisco Javier Ruiz Hernández a abonar a Dª Noelia Lage García la cantidad de 2.431,01 Euros más el interés legal de demora del 10% anual sobre dicha cantidad, obligándole a estar y pasar por dicho pronunciamiento.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. FRANCISCO JAVIER RUIZ HERNANDEZ , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a tres de mayo de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.081/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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