Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170525-204

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 3

204
Alicante número 3. Procedimiento 377 de 2015, notificación a Falcon Contratas y Seguridad, S. A.

EDICTO

D/Da PEDRO FERNANDO GONZÁLEZ DE PEREDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALICANTE,

HAGO SABER: Que en el procedimiento número 000377/2015 seguido ante este Juzgado en reclamación de CANTIDAD a instancia de ANTONIO GARCIA SAGREDO contra FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA, PROTECCION Y SEGURIDAD TECNICA SA y ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS se ha dictado SENTENCIA con fecha 09/12/2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

F A L L O: Debo ESTIMAR Y ESTIMO íntegramente la demanda presentada por Don ANTONIO GARCÍA SAGREDO, con DNI n° 74.213.985-T y afiliación a la Seguridad Social n° 030073101860, contra la empresa FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD S.A., y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD S.A. a abonar a Don ANTONIO GARCÍA SAGREDO la cantidad de 5607,66 euros brutos (1566,13 euros brutos de cada una de las nóminas de Noviembre y Diciembre de 2014: 897,44 euros de salario base; 106,50 euros de PLUS TRANSPORTE; 63,55 euros de PLUS VESTUARIO; 14,84 euros de PLUS NOCTURNO; 43,50 euros de PLUS FESTIVO; 43,50 euros de PLUS HORA FESTIVA; 88,82 euros de HORAS EXTRAS; 1,36 euros de HORAS EXTRAS NOCTURNA; 18,62 euros de PLUS PELIGROSIDAD; y 288 euros de prorrata de paga extra. Asimismo 534,16 euros de paga extra de Navidad; 460,77 euros de paga extra Verano; 534,16 euros de beneficios Marzo; 543,05 euros de 15 días de vacaciones no disfrutadas; 176,46 euros en concepto de incremento retribuido de los meses de Junio a Diciembre de 2014; y 226,80 euros en concepto de 28 horas extraordinarias a razón de 8,10 euros/hora desde Junio a Diciembre de 2014). El FOGASA deberá de responder del pago de las cantidades salariales reclamadas en los términos previstos en el art.33 ET.

Debo declarar y declaro el desistimiento en los presentes autos, y por ende el archivo del procedimiento, para con las empresas PROTECCIÓN Y SEGURIDAD TÉCNIA S.A. y ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF).

Notifíquese la presente resolución a las partes, y háganseles saber que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, debiendo ANUNCIARLO PREVIAMENTE ante este Juzgado en el término de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente al de su notificación, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su Abogado o Graduado Social colegiado, o representante, ante este Juzgado, dentro del indicado plazo.

Adviértase asimismo que, para todo aquél que no tenga la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el anuncio del mencionado recurso llevará aparejada la consignación de 300 EUROS en concepto de depósito. Si el recurrente no hubiere efectuado la consignación en la forma prevenida en el art.230 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el Juzgado tendrá por no anunciado el recurso de suplicación, y declarará la firmeza de la resolución mediante Auto contra el que podrá recurrirse en queja ante la Sala que hubiera debido conocer del recurso.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA, cuyo domicilio actual se desconoce y el último conocido lo fue en RONDA DE PONIENTE 13- LOCALES E-2 y P-1 - TRES CANTOS, se expide el presente, advirtiéndose que las siguientes comunicaciones con dicha parte, se harán en Estrados, salvo las que deben revestir forma de Auto, Sentencia o se trate de emplazamiento.

En Alicante, a doce de abril de dos mil diecisiete.

(03/15.510/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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