Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170525-73

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

73
Madrid número 22. Procedimiento 45 de 2016, notificación a Jesús Fernández Tejado

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Modificación de medidas supuesto contencioso num. 45/2016 instados por Procurador D./Dña. LOURDES BRAVO TOLEDO en nombre y representación de D./Dña. ALICIA GARRIDO DELGADO contra D./Dña. JESUS FERNANDEZ TEJADO, en reclamación de modificación de medidas de divorcio, en cuyos autos se ha dictado con fecha 13/3/2017 SENTENCIA cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

“Que estimando como estimo, en parte, la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Lourdes BRAVO TOLEDO en nombre y representación de Dª ALICIA GARRIDO DELGADO contra D. JESUS FERNANDEZ TEJADO, sobre Modificación de Medidas, debo modificar el régimen de visitas del progenitor no custodio con el menor, acordado en la sentencia dictada por este Juzgado, el 22 de marzo del 2010; en los autos de modificación de medidas n° 2/2009 de este Juzgado, en el sentido de dejar en suspenso el mismo. Desestimando el resto de las peticiones formuladas por la parte actora, y recogidas en el suplico de la demanda.

Dada la naturaleza jurídica de estos procedimientos no procede hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El/la Juez/Magistrado/a Juez”.

Asimismo con fecha de 11/04/2017 se ha dictado AUTO ACLARATORIO de la citada Sentencia cuya PARTE DISPOSITIVA es del tenor literal siguiente:

«Se estima, en parte, la petición formulada por la Procuradora Dª LOURDES BRAVO TOLEDO en nombre y representación de Dña. ALICIA GARRIDO DELGADO de rectificar la Sentencia dictada en el presente procedimiento con fecha 13/03/2017, en el sentido de que:

En los Fundamentos de Derecho Tercero, donde dice “... contrajeron matrimonio en Madrid, el 20 de septiembre de 2000”, debe decir: “contrajeron matrimonio en Madrid, el 2 de septiembre de 2000”.

En su párrafo segundo donde dice “ Tambien ha quedado acreditado que el 24 de marzo del 2010, se dictó sentencia...” debe decir “También ha quedado acreditado que el 22 de marzo del 2010, se dictó sentencia...”».

Asimismo se debe incluir en el fallo de la sentencia el recurso:

“Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACION en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-35-0045-16 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de P Instancia n° 22 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-35-0045-16 (sin guiones ni espacios).

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo”.

No habiendo lugar a ninguna otra rectificación de lo solicitado por la parte actora. Incorpórese esta resolución al libro de Resoluciones Definitivas a continuación de aquella de la que trae causa la presente y llévese testimonio a los autos principales.

No cabrá recurso alguno contra la presente resolución.

Lo acuerda y firma S. Sª. Doy fe.

EL/La Juez/Magistrado-Juez. El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. JESUS FERNANDEZ TEJADO y de acuerdo con lo dispuesto en e artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 24 de abril de 2017

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.684/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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