Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2017

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170524-11

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 17 de mayo de 2017, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro a los beneficiarios de la subvención al alquiler de vivienda, convocada mediante Orden de 26 de abril de 2016, que no han aportado en plazo la documentación requerida para proceder al pago de la subvención.

Mediante Orden de 20 de octubre de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, se aprueba la relación de beneficiarios, con indicación del número de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 21 de abril de 2016, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos, DNI/permiso de residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.

Habiendo obtenido la condición de beneficiarios y no habiendo aportado en plazo la documentación exigida en el artículo 11 de la Orden de 21 de abril, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al alquiler de vivienda previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Vivienda, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016, y en el artículo 12 de la Orden de convocatoria de las ayudas de 26 de abril de 2016.

Visto el artículo 2.4 de la Orden de 20 de octubre de 2016, que establece que la no aportación en plazo de la documentación señalada, determina la pérdida del derecho al cobro de la subvención.

HA DISPUESTO

Aprobar la relación de beneficiarios que pierden el derecho al cobro de la subvención reconocida, con indicación del motivo de incumplimiento, y declarar la finalización del procedimiento con archivo del expediente.

El listado será publicado a efectos de su consulta en la página web institucional de la Comunidad de Madrid: www.madrid.org

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2015), el Director General de Vivienda y Rehabilitación, José María García Gómez.

(03/17.076/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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