Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2017

Sección 1.4.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170524-26

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 19 de abril de 2017, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se hace público el levantamiento de actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal de los bienes y derechos afectados con motivo de la ejecución del proyecto “Ramal de enlace de la carretera M-609 con la M-607, sentido Navacerrada”, en el término municipal de Colmenar Viejo.

I. Con fecha 15 de diciembre de 2016 la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras aprobó el proyecto “Ramal de enlace de la carretera M-609 con la M-607, sentido Navacerrada”, clave: 1-E-522, en el término municipal de Colmenar Viejo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 5/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, la aprobación de los proyectos de carreteras u otras infraestructuras viarias implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición y modificación de servidumbres.

II. En aplicación de los artículos 52 y 108 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, que determinan la necesidad de ocupación, se procede a la convocatoria de los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora citados en el Anexo Único comparezcan en el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal, con traslado, en su caso, a las fincas afectadas para la toma de datos si fuera necesario.

Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.

A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados” por persona debidamente acreditada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley de Expropiación Forzosa, pudiendo hacerse acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de perito y notario.

III. La presente Orden se notificará personalmente a la Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Colmenar Viejo y a los interesados y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Edictos del citado Ayuntamiento y en dos diarios de gran circulación de esta capital. Dicha publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos, de los que se ignore el lugar de la notificación o el medio que permita tener constancia de su recepción, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Hasta el día señalado para el levantamiento de actas de ocupación temporal, podrán formularse las alegaciones que se consideren oportunas, a los efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, Secretaría General Técnica, Área de Expropiaciones (calle Maudes, número 17, 28003 Madrid).

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Primero

Convocar a los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora señalados comparezcan en el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, al objeto del levantamiento de las actas previas de ocupación.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento afectado y en dos diarios de la capital.

Madrid, a 19 de abril de 2017.—El Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2015; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de julio de 2015), el Secretario General Técnico, Jesús Mora de la Cruz.



(03/17.077/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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