Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2017

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170524-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

41
Getafe. Régimen económico. Padrones impuestos

Padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, ejercicio 2017.

Exposición pública: se informa a los interesados que el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio 2017 ha sido aprobado por Resolución de la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria de 12 de mayo de 2017.

Dicho padrón se expondrá al público en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de lunes a jueves, de nueve a catorce y de dieciséis treinta a diecinueve horas, y los viernes de nueve a catorce horas, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 30 de junio de 2017, sin que dicho plazo pueda ser inferior a quince días.

Plazo de ingreso voluntario: del 1 de junio al 31 de julio de 2017 ambos inclusive.

Lugar y medios de pago:

— Clientes de las entidades colaboradoras: mediante cargo en su cuenta corriente (no se admite el pago con tarjeta):

— Bien en ventanilla de la entidad, o a través de sus cajeros automáticos (salvo “Banco Popular”).

— Por Internet, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, en la dirección https://sede.getafe.es (necesitará certificado digital o firma electrónica).

— Obligados al pago tanto clientes como no clientes de las entidades colaboradoras:

— Mediante efectivo metálico en ventanilla de cualquier entidad colaboradora (no se admiten cheques).

— Relación de entidades colaboradoras autorizadas:

• “Banco Popular”.

• “Banco Sabadell”.

• “Banco Santander”.

• “BBVA”.

• “Bankia”.

• “Caixabank”.

• “Ibercaja Banco”

Contribuyentes que tengan domiciliados los recibos: la fecha de cargo en su cuenta corriente se producirá el día 1 de junio, 31 de julio o 1 de junio y 5 de octubre, dependiendo de su opción de domiciliación.

Contribuyentes que no tengan domiciliado el pago: recibirán en su domicilio fiscal los recibos para proceder a su pago en los plazos y lugares indicados.

Les recordamos la importancia de declarar los datos y domicilio fiscal correcto en el modelo existente, para que puedan recibir estas comunicaciones.

En caso de extravío o de no recibir en su domicilio alguno de los recibos que debiera pagar podrán solicitar la expedición de un duplicado en cualquier oficina de “Bankia”.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario para satisfacer la deuda, si esta no ha sido satisfecha, podrá pagarse con el recargo del 5 por 100 durante el período indicado en la casilla “período de pago-en ejecutiva”, con el mismo documento.

Transcurrido el plazo anterior, si la deuda no ha sido ingresada se exigirá por vía ejecutiva, sufriendo el incremento de los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso, las costas que correspondan.

Contra los recibos podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante la Jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, en el plazo de un mes a contarse desde el día siguiente al final del período de exposición pública del padrón de contribuyentes.

El presente anuncio es sustitutivo de las notificaciones individuales de las deudas.

Para cualquier aclaración o duda pueden ponerse en contacto con la Oficina de Atención Tributaria, sita en la calle Ricardo de la Vega, número 5, de Getafe, o bien en el teléfono 912 027 933.

Getafe, a 12 de mayo de 2017.—La jefatura del Órgano de Gestión Tributaria, José Ignacio Pulido Pulido.

(02/16.440/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170524-41