Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170524-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

92
Madrid número 4. Procedimiento 1.108 de 2016, notificación a Gesmonides, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA HERRERO BARRERO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1108/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de FREMAP MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 061 frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), GESMONIDES SL, INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL y D./Dña. EUGENIA MATOS MATOS sobre Seguridad social se ha dictado la Sentencia nº 120/2017, de fecha 27/03/2017, cuya parte dispositiva es la siguiente:

SENTENCIA Nº 120/2017

En Madrid, a veintiocho de marzo de dos mil diecisiete.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por Mutua Fremap contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Ana Eugenia Matos Matos y Gesmonides, S.L, y condeno a Gesmónides, S.L a hacer pago a la Mutua de la cantidad de quinientos cuarenta euros (540 euros), sin perjuicio de las responsabilidades del INSS y de la TGSS, siendo el INSS responsable del pago de la prestación en caso de insolvencia de la empresa como continuador del Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo, absolviendo a Eugenia Matos Matos.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el art. 191.2.g) LRJS.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GESMONIDES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.001/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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