Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2017

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170524-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

54
Puentes Viejas. Organización y funcionamiento. Creación ficheros datos carácter personal

Acuerdo de Pleno de 27 de febrero de 2017, del Ayuntamiento de Puentes Viejas, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Puentes Viejas.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:

Primero.—Los ficheros del Ayuntamiento de Puentes Viejas serán los contenidos en los anexos de este acuerdo de Pleno.

Segundo.—Se crean los ficheros incluidos en el Anexo I de este acuerdo de Pleno, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero.—Los ficheros que se recogen en los anexos de este acuerdo de Pleno se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Cuarto.—En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este acuerdo de Pleno en el “Boletín Oficial del Estado”.

Quinto.—El presente acuerdo de Pleno entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

En Puentes Viejas, a 24 de abril de 2017.—El alcalde-presidente, Gabriel Ramírez Sanz.

ANEXO I

Ficheros de nueva creación

Fichero: GRABACIÓN DE IMÁGENES.

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: GRABACIÓN DE IMÁGENES.

a.2) Finalidad y usos previstos: llevar a cabo la grabación del acceso y actividad que tenga lugar en el Centro de Interpretación “Frente del Agua”, sito en Paredes de Buitrago (Puentes Viejas) (Educación y Cultura [Protección del Patrimonio Histórico-Artístico], finalidades varias [Videovigilancia]).

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Ayuntamiento de Puentes Viejas (ciudadanos y residentes).

b.2) Procedencia: grabación de imágenes (Administraciones Públicas).

Procedimiento de recogida: videograbaciones.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: marcas físicas.

— Otras categorías de carácter personal: datos de características personales (características físicas o antropométricas).

c.2) Sistema de tratamiento: fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: no se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Ayuntamiento de Puentes Viejas.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Puentes Viejas.

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

(03/16.102/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170524-54