Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170522-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33

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Madrid número 33. Procedimiento 1.082 de 2015, notificación a Luhorpi, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.082 de 2015, entre “BP Oil España, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Luhorpi, Sociedad Limitada”, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 29 de 2007

Madrid, a 24 de enero de 2017.—La juez/magistrada-juez, doña María Teresa de la Asunción Rodríguez.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda planteada por “BP Oil España, Sociedad Anónima Unipersonal”, frente a “Luhorpi, Sociedad Limitada”, declaro haber lugar a la misma, condenando a la demandada a abonar a la actora 68.270,22 euros de principal, más intereses vencidos que se cifran en 3.701,66 euros, y los intereses moratorios que se devenguen hasta su completo pago.

Todo ello, con expresa condena en costas a la demandada.

Notifíquese a las partes, con indicación de que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2527-0000-04-1082-15 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancias número 33 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2577-0000-04-1082-15.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de las tasas previstas en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta mi sentencia, de la que extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.—La juez/magistrada-juez (firmado).

Y para que sirva de notificación a “Luhorpi, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Madrid, a 20 de abril de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.578/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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