Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170522-23

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

23
Alcorcón. Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico municipal

No habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias en el trámite de información pública, el Pleno del Ayuntamiento, mediante acuerdo de 26 de abril de 2017, declaró aprobada definitivamente la modificación del Reglamento Orgánico Municipal sobre la Ordenación de las Sesiones Plenarias y la Dirección de los Debates, cuyo texto es del siguiente tenor.

Art. 30. Junta de Portavoces.—1. Los portavoces de los grupos políticos, presididos por el presidente del Pleno, integrarán la Junta de Portavoces. Tendrá las siguientes funciones:

(…)

b) Encauzar las peticiones de los grupos en relación con su funcionamiento y con su participación en los debates corporativos. En todo caso, los acuerdos adoptados por la Junta sobre ordenación de las sesiones tendrán carácter vinculante.

Art. 83. Dirección e intervención del alcalde-presidente.—1. Corresponde al presidente del Pleno dirigir los debates y mantener el orden de los mismos. Asimismo, podrá intervenir, una vez finalicen las intervenciones de todos los grupos en cada turno, para hacer las aclaraciones que estime oportunas sobre el fondo de los asuntos.

La modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de lo que resulte de la comunicación simultánea a la Administración del Estado y a la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Alcorcón, a 4 de mayo de 2017.—El secretario general del Pleno, Gabriel Antonio Dotor Castilla.

(03/15.539/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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