Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170518-78

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

78
Madrid número 1. Procedimiento 635 de 2016, notificación a Leafar Nara, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CARMEN RODRIGUEZ VOZMEDIANO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 01 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 635/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. BERTHA GERMANIA CARDENAS REY frente a LEAFAR NARA SL, sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA

En Madrid, a veinte de abril de dos mil diecisiete.

FALLO

Que, estimando en parte las pretensiones de la demanda, condeno a la empresa Leafar Nara, SL, a abonar a Bertha Germana Cárdenas Rey la cantidad de 7.069,59 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores que devengue la parte del principal correspondiente a 842,49 euros, excluidos, por tanto, a efectos de este interés especial, los importes de las indemnizaciones por despido (5.677,65 €) y por falta de preaviso (549,45 €); sin perjuicio de la aplicación del interés previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el importe íntegro del principal.

NOTIFÍQUESE la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que, contra la misma, cabe interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante éste Juzgado, por comparecencia o por escrito, en el plazo de CINCO DÍAS, contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria (0049), oficina (3569), dígito de control (92), número de cuenta (0005001274), beneficiario (Juzgado de lo Social n° 1 de Madrid), concepto (2499000000) y número del presente procedimiento judicial (unido sin separación a la numeración del “concepto”, con seis dígitos, cuatro para el número del procedimiento y los dos últimos para el año), en la sucursal correspondiente del BANCO DE SANTANDER; o bien presente aval bancario de su importe; y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso, deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de Suplicación” de la cantidad de 300’00 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LEAFAR NARA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.061/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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