Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170518-174

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 2

174
Ferrol número 2. Procedimiento 101 de 2016, notificación a Integram Servicio Integral de Gestión, S. L. y otros

EDICTO

Dª MARTA DE VICENTE GUTIÉRREZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de FERROL, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION PARCIAL 0000101 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN CARLOS PEREZ MENDAÑA GOYANES contra la empresa FOGASA, PÉREZ FADON ASESORES S.L., ADE ASESORES DE EMPRESA S.L., PFA PREVENCION DE RIESGOS LABORALES S.A., MODUS PREVENCION S.L., GRUPO NO ECOR ASESORÍA S.L., HERFRAN ASESORES S.L, INTEGRAM SERVICIO INTEGRAL DE GESTIÓN S.L., NETVISION TECHNOLOGIES S.L., ASESORÍA CEJUELA S.L, BEST WAY TRAVEL ESPAÑA S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, DECRETO DE 20/04/17 cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- El embargo de bienes propiedad de ejecutado BEST WAY TRAVEL ESPAÑA S.L., hasta cubrir el importe de la suma reclamada por principal 292.600 euros y 46.816 euros presupuestados para intereses y costas del bien que se describe a continuación:

REFERENCIA CATASTRAL: 2553305NJ6125S0001RH

DATOS DE LA FINCA:

Localización: Plaza de España 16 Ferrol.

Tipo de Inmueble: Parcela construida sin división horizontal.

Superficie de suelo 428 m2.

Superficie construida 2.026 m2.

Librar mandamiento, por duplicado, para que se haga anotación preventiva del embargo trabado en estos autos, en, remitiéndose dicho mandamiento por correo certificado, al Registro indicado, donde se extenderá el correspondiente asiento de presentación, quedando en suspenso la práctica de la anotación hasta que se presente el documento original en la forma prevista en la legislación hipotecaria.

- Asimismo, a los efectos previstos en los artículos 656 y siguientes de la LEC, expídase certificación acreditativa de los siguientes extremos:

1º.- La titularidad del dominio y demás derechos reales de los bienes gravados

2º.- Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre los bienes embargados, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.

Los posibles aumentos o reducciones en dichas cantidades se irán comunicando según se vayan produciendo.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a INTEGRAM SERVICIO INTEGRAL DE GESTIÓN S.L., BEST WAY TRAVEL ESPAÑA S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En FERROL, a veinte de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/14.167/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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