Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2017

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170518-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Santa María de la Alameda. Régimen económico. Padrones impuestos

El Pleno del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, en sesión ordinaria celebrada el 29 de marzo de 2017, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de los siguientes padrones fiscales:

— Padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Padrón de tasa por recogida de basuras.

— Padrón de tasa por licencias de autotaxi.

Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Plazo de cobro: del 1 de julio al 15 de noviembre.

Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Santa María de la Alameda.

De no presentarse reclamaciones, el acuerdo de aprobación inicial será automáticamente elevado a definitivo.

En Santa María de la Alameda, a 29 de marzo de 2017.—La alcaldesa, María Begoña García Martín.

(02/14.033/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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