Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170518-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 5

67
Fuenlabrada número 5. Procedimiento 91 de 2016, notificación Florian Nistor Ciurduc

EDICTO

Doña Rosa María Gómez Gallardo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) número 91 de 2016, instados por el procurador don Jorge Bartolomé Dobarro, en nombre y representación de “PSA Financial Services Spain EFC, Sociedad Anónima”, contra don Florian Nistor Ciurduc, en reclamación de 5.745,50 euros, en los que se ha dictado el 16 de febrero de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “PSA Financial Services Spain EFC, Sociedad Anónima” en los presentes autos, debo condenar y condeno al demandado don Florian Nistor Ciurduc a que abone al demandante la cantidad de 5.745,50 euros, cantidad que se incrementará con los intereses legales desde la interposición de la demanda, más dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta que sea totalmente ejecutada, y todo ello con imposición al demandado de las costas procesales causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, para formular dicho recurso de apelación contra la presente resolución, la parte recurrente deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado la cantidad de 50 euros en concepto de “depósito para recurrir en apelación”, debiendo acompañar el justificante de ingreso junto con el escrito de interposición del recurso, advirtiéndose a las partes de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (disposición adicional decimoquinta, número 7).

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Florian Nistor Ciurduc y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Fuenlabrada, a 8 de marzo de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/14.742/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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