Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2017

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170516-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Manzanares el Real. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario provisional del Ayuntamiento de Manzanares el Real, relativo al expediente modificación de créditos número 6/2017 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a operaciones de crédito y a bajas en otras aplicaciones de gastos del presupuesto vigente, pasando a quedar de la siguiente manera:



Esta modificación se financia con cargo a operación de crédito y a bajas de otras aplicaciones de gastos que se estiman reducibles sin perjuicio de otros servicios, estos últimos resultantes de la modificación de créditos número 5/2017 en la modalidad de bajas por anulación, en la cual se dan de baja en ingresos el importe de 134.776 euros (80 por 100 del importe del proyecto íntegro de la inversión del proyecto en el polideportivo) proveniente de la subvención PIRMA prevista y se dan de baja en gastos 134.776 euros en la aplicación de inversión en polideportivo.

Es decir, que la inversión en gastos prevista por valor de 168.470 euros, cuya financiación se preveía con cargo a subvención por valor de 134.776 euros y con cargo a recursos propios por valor de 33.694 euros, ahora va a pasar a financiarse íntegramente mediante esta modificación presupuestaria con cargo a operación de crédito por valor de 168.470 euros, por lo que los 33.694 euros que iban destinados a financiar dicha inversión ahora son un excedente de recursos para financiar otros gastos. Es por ello que se van a destinar a financiar la amortización e intereses de la operación de crédito que se pretende concertar como recurso a su vez para financiar la inversión en el polideportivo municipal, en los siguientes términos:



Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Manzanares el Real, a 11 de mayo de 2017.—El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.

(03/16.330/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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