Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2017

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170516-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

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San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, de 4 de mayo de 2017, por la que se convocan las becas a deportistas individuales 2017.

BDNS (Identif.): 345279

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar las ayudas todos los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:

Deportistas con ficha federativa en vigor en deportes individuales y que no sean profesionales.

Se considera deportista a aquel cuyos méritos se hayan logrado a través de la práctica de una modalidad deportiva organizada por una de las federaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deportes o de la Comunidad de Madrid pero certificada por la correspondiente federación.

Estar empadronado en San Lorenzo de El Escorial con fecha anterior al 1 de enero de 2017.

Estar entre los tres primeros puestos autonómicos en su deporte y categoría, o estar entre los 10 primeros puestos nacionales, europeos o mundiales, entre el 1 de abril del 2016 y el 31 de marzo del 2017. Estas clasificaciones se entenderán a nivel individual o por relevos, no contabilizándose la de por equipos.

Para el último requisito se deberá presentar un certificado oficial de la federación correspondiente acreditando el puesto.

Segundo. Objeto.—Las ayudas concedidas, irán destinadas a los siguientes conceptos:

— Desplazamientos a competiciones.

— Material deportivo.

— Gastos de entrenamiento y participación en competiciones.

El importe de la ayuda recibida, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, supere el coste de la actividad para la que fue concedida.

Tercero. Cuantías.—La beca máxima anual que cada deportista podrá recibir en base a los puntos obtenidos será la siguiente:

— Entre 8 y 20 puntos, 500 euros.

— Más de 20 y hasta 25 puntos, 600 euros.

— Más de 25 y hasta 30 puntos, 700 euros.

— Más de 30 puntos, 850 euros.

Todos los deportistas que hayan solicitado correctamente en plazo y forma, según la presente convocatoria, una beca y reúnan los requisitos mínimos, tendrán acceso gratuito a las Instalaciones Deportivas Municipales para entrenamientos de su deporte durante doce meses desde la concesión. Si no pudiera facilitarse el entrenamiento en su deporte, se podrá acceder a otro espacio deportivo mediante solicitud expresa. En cualquier caso, el acceso gratuito se limitará al uso de una instalación o espacio deportivo.

Quinto. Plazo de solicitud.—Las solicitudes se dirigirán al concejal de Deportes del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, y serán presentadas en el Registro del Ayuntamiento, sito en la plaza de la Constitución, número 3, teniendo como fecha límite, las catorce horas del día 2 de junio del 2017.

En San Lorenzo de El Escorial, a 4 de mayo de 2017.—La alcaldesa, Blanca Juárez Lorca.

(03/15.397/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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