Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170516-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

93
Madrid número 18. Procedimiento 557 de 2016, notificación a Club Mundi Ocio Familiar

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 18 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 557/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROCIO HERAS ROSANO y D./Dña. ANA ISABEL DE LA CALLE GOMEZ frente a FUNDACION MADRE AFRICA, D./Dña. CARMEN PAZOS MALLO, ASOCIACION MUNDI ADOPTA y CLUB MUNDI OCIO FAMILIAR sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado AUTO DE ACLARACION DE SENTENCIA N° 138/17 cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Aclarar el Fallo de la Sentencia, quedando redactado el primer párrafo en los siguientes términos:

“Estimando en parte las demandas presentadas por Dª ANA ISABEL DE LA CALLE GOMEZ y Dª ROCIO HERAS ROSANO, se estima la demanda de resolución de contrato y se declara extinguida la relación laboral con fecha de efectos 22 de agosto de 2106 y se condena a FUNDACION MUNDI ADOPTA a abonar como indemnización:

— A Dª ANA ISABEL DE LA CALLE GOMEZ: 26.558,9 euros,

— A Dª ROCIO HERAS ROSANO: 26.558,9 euros”.

Manteniéndose íntegramente el resto de pronunciamientos.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado – Juez.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CLUB MUNDI OCIO FAMILIAR, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.913/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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