Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170510-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

49
Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Encomienda gestión

Por medio de la presente, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, se hace público que, mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el pasado 28 de diciembre de 2016, se aprueba la encomienda de gestión a favor de EMUVISA, para “El mantenimiento, conservación y mejora de las zonas verdes municipales de Arroyomolinos, en Madrid”, durante el ejercicio 2017, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2017. No obstante, para las intervenciones de acondicionamiento y mejora de espacios, el fin de la encomienda se producirá una vez finalizadas todas y cada una de las actuaciones previstas y/o aquellas modificaciones que se pudieran introducir en el transcurso de la encomienda, que si suponen un incremento sobre el precio estimado inicial, deberán ser aprobadas por los Órganos de Gobierno correspondientes.

El Ayuntamiento designará un representante técnico, responsable de contrato, encargado de canalizar las oportunas instrucciones a la entidad encomendada.

El Ayuntamiento, al fin de cumplir los principios básicos de eficacia y eficiencia en la gestión de servicios, cede en uso a EMUVISA la maquinaria, vehículos y equipamiento para garantizar el correcto funcionamiento de los servicios.

El objeto de esta encomienda tiene dos partes diferenciadas, según el siguiente detalle:



Le corresponderá exclusivamente a EMUVISA en el desarrollo de la encomienda ajustar y/o modificar la cuantía y tipología exacta de personal a destinar, debiendo disponer en todo caso de una plantilla estable suficiente para cubrir las obras y servicios objeto de la encomienda.

Las contrataciones de obras, suministros y servicios que se estimen oportunas, por no contar con medios propios suficientes, se realizarán conforme a las normas de contratación en materia laboral aplicables y a las Instrucciones Internas de Contratación, aprobadas por el Consejo de Administración de dicha empresa, en fecha 1 de agosto de 2008; todo ello, en virtud de lo establecido en el Real Decreto-Ley 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público.

A los efectos de control, la empresa pondrá a disposición de los representantes competentes del Ayuntamiento y a su requerimiento la documentación que acredite el cumplimiento de lo establecido en la presente condición. Asimismo, y a requerimiento municipal, facilitará la documentación que acredite la estructura y cobertura de la plantilla de personal, destinada a la presente encomienda.

En Arroyomolinos, a 24 de abril de 2017.—El alcalde, Carlos Ruipérez Alonso.

(03/12.157/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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