Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170508-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1

81
Leganés número 1. Procedimiento 706 de 2016, notificación a Mohamed Eltohami Mohamed Ahmed Sombol

EDICTO

Doña Victoria de la Antigua Correas Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso número 706 de 2016, instados por la procuradora doña Silvia Bermejo González, en nombre y representación de doña Laura Carbonero de la Llave, contra don Mohamed Eltohami Mohamed Ahmed Sombol, en los que se ha dictado el 5 de abril de 2017 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 49 de 2017

Magistrado-juez: don Javier Abella López.

Lugar: Leganés.

Fecha: 5 de abril de 2017

Vistos por mí, Javier Abella López, juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés y su partido judicial, los autos del presente juicio verbal sobre divorcio contencioso número 706 de 2016, en los que han sido partes, como demandante, doña Laura Carbonero de la Llave, representada por la procuradora doña Silvia Bermejo González, y, como parte demandada, don Mohamed Eltohami Mohamed Ahmed Sombol, en situación de rebeldía procesal, en virtud de las facultades que me han sido conferidas dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda de divorcio formulada por la procuradora doña Silvia Bermejo González, en nombre y representación de doña Laura Carbonero de la Llave, debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio por divorcio de doña Laura Carbonero de la Llave y don Mohamed Eltohami Mohamed Ahmed Sombol, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración. No se hace especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días desde su notificación.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Mohamed Eltohami Mohamed Ahmed Sombol y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada sentencia por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Leganés, a 7 de abril de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.631/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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