Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
24-04-2017

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170424-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTIDUEÑA DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Fuentidueña de Tajo. Régimen económico. Calendario fiscal 2017

Aprobados por resolución de esta Alcaldía número 145, dictada con fecha de 28 de marzo, se procede a la publicación conjunta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, por plazo de un mes, a la exposición pública de padrones y del anuncio de cobranza de deudas de notificación colectiva y periódica que se gestionan mediante padrones.

Calendario fiscal

Calendario fiscal para el año 2017:

1.1. Impuestos y tasas:

a) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio.

b) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre.

c) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica: desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre.

d) Impuesto sobre actividades económicas: desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre.

e) Tasa de basura desde el 1 de mayo al 30 junio el primer semestre y del 1 de septiembre hasta el 31 de octubre el segundo semestre.

f) Los recibos del resto de tasas municipales se expedirán previa solicitud del interesado, concediéndoles el período de pago en vía voluntaria establecido en la legislación vigente.

2. Previa solicitud de los interesados podrá solicitarse la domiciliación bancaria de los recibos, cantidad que se hará efectiva entre el 1 y 5 de junio (vehículos y primer semestre de basura) y del 1 al 5 de octubre el resto de tributos.

3. Previa solicitud del interesado podrán acogerse al SEPP (Sistema Especial de Pago Prorrateado). El cobro de las cuotas prorrateadas se realizará por cargo en la cuenta corriente del sujeto pasivo señalada al efecto en las siguientes fechas: 1.a cuota (33 por 100) del 1 al 05 de abril; 2.a cuota (33 por 100) del 1 al 5 de junio; 3.a cuota (33 por 100 bonificada) del 1 al 5 de septiembre.

Exposición pública de padrones

Las cuotas y demás elementos tributarios, en cuanto no constituyen altas en los respectivos registros, sino que hacen referencia a un hecho imponible ya notificado individualmente al sujeto pasivo, serán notificadas colectivamente, al amparo de lo previsto en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. A tal efecto, los padrones o matrículas de los tributos de notificación colectiva, una vez aprobados, se expondrán al público durante el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de exposición en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La exposición al público se realizará en el lugar indicado en el anuncio de exposición en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sus datos solo se facilitarán al obligado tributario o su representante en aplicación del deber de confidencialidad. El acceso a dicha información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Contra la exposición pública de los padrones y matrículas y las liquidaciones en ellos incorporadas se podrá interponer, ante el concejal de Hacienda, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Anuncio de cobranza

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y al artículo 6 de la ordenanza fiscal general de recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público locales, y fianzas y depósitos del Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionan mediante padrones o matrículas en el año 2017 se realizará conforme los siguientes:

— Plazos de ingreso: los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón son los fijados en el calendario fiscal para el ejercicio 2017.

— Modalidad de cobro: la recaudación de tributos municipales y demás ingresos de derecho público se realizará: a través de las siguientes entidades financieras colaboradoras: “Banco Santander” y “La Caixa”.

— Medios de pago: los medios de pago a utilizar para la atención de la deuda que figure en el documento facilitado a tal efecto se indican a continuación:

a) Mediante validación mecánica del recibo en las entidades financieras colaboradoras.

— Lugares, días y horas de ingreso: los pagos a través de entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de apertura al público que así tengan establecidos.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su, caso las costas que se produzcan.

Fuentidueña de Tajo, a 30 de marzo de 2017.—El alcalde, José Antonio Domínguez Chacón.

(02/11.583/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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