Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170420-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

114
Madrid número 2. Procedimiento 1.067 de 2016, notificación a Espebel Buying Management, S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PAULA MATEO ERROZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1067/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAUL MAGDALENA NAJERA frente a ESPEBEL BUYING MANAGEMENT SLU sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente SENTENCIA nº 128/2017, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

En Madrid a ocho de marzo de dos mil diecisiete.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 2, D./Dña. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ los presentes autos nº 1067/2016 seguidos a instancia de D./Dña. RAUL MAGDALENA NAJERA contra ESPEBEL BUYING MANAGEMENT SLU sobre Reclamación de Cantidad.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 128/2017

FALLO

ESTIMAR la demanda formulada por don Raúl Magdalena Najera frente a la empresa Espebel Buying Management SLU, con condena de la demandada al abono de la cantidad de 6.692,52 euros en concepto de salarios adeudados con los intereses por mora del art. 29.3 Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, todo ello con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial para el supuesto de insolvencia.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días a contar del siguiente a su notificación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESPEBEL BUYING MANAGEMENT SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.018/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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