Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2017

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170418-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

21
ORDEN de 3 de abril de 2017, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, de rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos de la Orden de 20 de octubre de 2016 por la que se aprueba la relación de beneficiarios en el proceso de concurrencia competitiva para la obtención de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2016 mediante Orden de 26 de abril de 2016.

Mediante Orden de 20 de octubre de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras se aprueba la relación de beneficiarios, con indicación del número de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 21 de abril de 2016, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos, DNI/Permiso de Residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.

Habiendo obtenido la condición de beneficiarios y habiendo aportado en plazo, la docuentación exigida en el artículo 11 de la Orden de 21 de abril, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al alquiler de vivienda previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Vivienda, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016, a la vista de la misma, se han detectado errores materiales que obligan a la modificación de la cuantía anual de la subvención a percibir.

De conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 21 de abril de 2016, y a propuesta de la Comisión de Valoración a la que se refiere el artículo 8 de la citada Orden, esta Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras

HA DISPUESTO

Rectificar la relación de beneficiarios publicada en la Orden de 20 de octubre de 2016, en los siguientes términos:

Donde dice:



Debe decir:



En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la citada Orden, el listado será publicado a efectos de su consulta en la página web institucional de la Comunidad de Madrid: www.madrid.org.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de abril de 2017.—El Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2015), el Director General de Vivienda y Rehabilitación, José María García Gómez.

(03/12.437/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170418-21