Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170418-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

104
Madrid número 4. Procedimiento 938 de 2016, notificación a Trentiserv, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 938/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO ORTUÑO ELICHE frente a TRENTISERV SL y D./Dña. PABLO JOSE FERRANDIZ AVENDAÑO (Administrador Concursal) sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la Sentencia nº 116/2017, de fecha 23/03/2017, cuya parte dispositiva es la siguiente:

SENTENCIA Nº 116/2017

En Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil diecisiete.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por Francisco Ortuño Eliche contra Trentiserv, S.L y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), habiendo sido citado el administrador concursal Pablo José Ferrándiz Avendaño, y condeno a Trentiserv, S.L a hacerle pago de la cantidad de mil seiscientos ochenta y cuatro euros y treinta y un céntimos netos (1.684,31 euros), más sus intereses moratorios al tipo del 10% anual.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el art. 191.2 g) LRJS.

Así, por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TRENTISERV SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/10.794/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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