Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
06-04-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170406-142

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

142
Madrid número 24. Procedimiento 183 de 2016, notificación a Realce de Edificios y Exteriores, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 183/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA DE TISCAR MARTINEZ ZAMORA frente a FOGASA, REALCE DE EDIFICIOS Y EXTERIORES SL, SERCLYM SL y D./Dña. PABLO JOSE FERRANDIZ AVEDAÑO sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON

En Madrid, a veinte de diciembre de dos mil dieciséis

Presentado escrito por SERCLYM SL, anunciando recurso de suplicación en tiempo y forma contra la sentencia de 07/09/2016, dictada en las presentes actuaciones acuerdo:

Tener por anunciado el recurso de suplicación.

Poner los autos a disposición del letrado D. Javier Jimenez de Eugenio designado por SERCLYM SL para que, se haga cargo de ellos e interponga el recurso en los DIEZ DÍAS siguientes al de la puesta a disposición. Este plazo correrá cualquiera que sea el momento en que recoja los autos puestos a su disposición. De no efectuarlo así, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso (art.195,2. LRJS)

Requerir a dicho letrado/graduado social colegiado para que designe en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del TSJ (art. 198 LRJS) y cumpla los requisitos establecidos en el art. 196 de la LRJS.

Se acompaña resguardo de ingreso de depósito por importe de 300 euros

Se acompaña resguardo de ingreso de consignación por importe de 35497,80 euros

Por recibida documentacion de Banco Santander acreditativa del ingreso realizado por SERCLYM SL por importe de 300 euros en concepto de deposito para recurrir y por importe de 35497,80 euros en concepto de consignacion de condena, unase a los autos de su razon previo registro en el libro de depositos y consignaciones de este juzgado.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON

En Madrid, a ocho de febrero de dos mil diecisiete

El letrado, D. Javier Jimenez de Eugenio, en nombre y representación de SERCLYM SL ha presentado escrito de formalización en fecha 6 de febrero de 2017 del recurso de suplicación y acuerdo:

Tener por formalizado el recurso, y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia y del escrito de formalización.

Dar traslado del mismo a la parte contraria para su impugnación en el término de CINCO DÍAS, si así le conviniere.

La impugnación deberá llevar la firma de Letrado o Graduado Social Colegiado para su admisión a trámite quien deberá consignar un domicilio en la localidad en que radica la sede del TSJ,(ART.198 LRJS)

Conforme el art. 197,2 LRJS de formularse en el escrito de impugnación alegaciones sobre inadmisibilidad o sobre alguno de los motivos del art. 197,1 LRJS podrán las demás partes presentar directamente en el plazo de dos días desde que se le de traslado del escrito, alegaciones al respecto.

Transcurrido el plazo de impugnación y en su caso el de alegaciones, háyanse presentado o no escritos en tal sentido, se elevarán los autos a la Sala de lo Social del TSJ.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a REALCE DE EDIFICIOS Y EXTERIORES SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a quince de marzo de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.378/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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