Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
31-03-2017

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170331-3

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2017, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia (turno libre) que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2681/2015, de 1 de octubre, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, regulan la asignación inicial de puestos de trabajo y la toma de posesión de los funcionarios de nuevo ingreso al servicio de la Administración de Justicia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, modificado por el Decreto 7/2017, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Adjudicar los destinos en los órganos judiciales y fiscales, de acuerdo con la relación que se incluye como Anexo I, a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno libre) nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid por Orden del Ministerio de Justicia de 10 de marzo de 2017.

Segundo

Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión ante la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La toma de posesión de aquellos funcionarios que hayan sido destinados a órganos en lo que exista una Unidad Administrativa y de Coordinación del Proyecto Civitas se realizará en estas.

Tercero

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Cuarto

En cumplimiento de la vigente legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acto de toma de posesión.

Quinto

Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. El cómputo de los dos años se realizará conforme a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Sexto

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 21 de noviembre de 2016 de la Dirección General de Justicia y Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, no adjudicadas a los aspirantes de turno libre en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en caso de que la oferta de empleo público que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Presidencia y Justicia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, según lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 10 de marzo de 2017.—La Directora General de Justicia, Yolanda Ibarrola de la Fuente.







(03/9.943/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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