Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2017

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170330-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

62
Madrid. Sala de lo Social. Sección Quinta. Procedimiento 35 de 2017, notificación a Global Solutions Development, S. L.

SALA DE LO SOCIAL

Sección Quinta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA MARIA RUIZ TEJERO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sección n° 05 de lo Social, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 35/2017 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ENRIQUE GARCIA GROSSOGORDON frente a INNOVAT SISTEMAS SL , DAIMLER GROUP SERVICES MADRID SA y MERCEDES-BENZ ESPAÑA SA, FUJITSU ESPAÑA SERVICES SA, y GLOBAL SOLUTIONS DEVELOPMENT SL sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo dice:

Estimamos parcialmente el recurso de suplicación el recurso de suplicación interpuesto por la representación Letrada de Fujitsu España Services S.A. (actualmente Fujitsu Technology), desestimando el formulado por la representación Letrada de D. Enrique Garcia Grossogordon, contra la sentencia dictada el 30 de marzo de 2016, por el Juzgado de lo Social n°15 de Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección n° 05 de lo Social- Recurso de Suplicación 35/2017 Madrid, en autos n° 492/2015, aclarada por auto de 18 de abril de 2016, promovidos por Enrique Garcia Grossogordon, contra Fujitsu Technology y contra Daimler Group Services Madrid S.A., MERCEDES BENZ ESPAÑA S.A., Toga Informática SL., Global Solutions Development S.L. e Innovat Sistemas S.L. y revocándola, declaramos:

1.- Que el demandante tiene derecho a adquirir la condición de trabajador indefinido, a su elección, en la empresa cedente o en la cesionaria, aunque, una vez ejercitada dicha opción, de conformidad con el art. 56.1 ET , el correspondiente empresario, en el plazo de cinco días desde que tenga conocimiento de aquella primera opción, podrá optar a su vez, entre la readmisión del trabajador, con abono de los salarios de trámite, a razón de 68,48 euros diarios o el abono de la indemnización prevista en dicho precepto, en cuantía de 4.302,98 euros.

2.- Confirmamos la sentencia de instancia en el resto de pronunciamientos que contiene.

Sin costas. Dese a los depósitos y consignaciones, el destino legal.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GLOBAL SOLUTIONS DEVELOPMENT SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 9 de marzo de 2017

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN.

(03/8.559/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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