Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170330-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 5

72
Torrejón de Ardoz número 5. Procedimiento 367 de 2016, notificación a ocupantes calle Soria, número 5, piso 1C

EDICTO

Doña Eva María Yubero Chi, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Torrejón de Ardoz.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 367 de 2016, instados por don Javier Jañez Gutiérrez en nombre y representación de “BBVA RMBS 1 Fondo de Titulación de Activos”, contra ocupantes calle Soria número 5, piso 1C, Torrejón de Ardoz, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 16 de febrero de 2017, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 35 de 2017

Torrejón de Ardoz, a 16 de febrero de 2016.—La magistrada-juez, doña Natalia Velilla Antolín.

Vistos por doña Natalia Velilla Antolín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de los de Torrejón de Ardoz, los autos de juicio verbal de procedimiento artículo 41 LH, registrados bajo el número 367 de 2016 seguidos en este Juzgado en virtud de demanda interpuesta por la mercantil “BBVA RMBS 1 Fondo de Titulación de Activos”, representada por el procurador de los Tribunales don Javier Jañez Gutiérrez, asistida por el letrado don José Joaquín Benedí Serrano, contra los ocupantes calle Soria número 5, piso 1C, Torrejón de Ardoz, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de la mercantil “BBVA RMBS 1 Fondo de Titulación de Activos” y condeno a los ocupantes calle Soria número 5, piso 1C, Torrejón de Ardoz, a cesar y abstenerse de observar o promover cualquier conducta, activa o pasiva, directa o indirecta, que pueda constituir una perturbación de los derechos de la parte actora sobre la vivienda sita en la calle Soria, número 5, piso primero C, de Torrejón de Ardoz y, en concreto, dejar de hacer uso directo, indirecto o en su beneficio de la vivienda. Se condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes esta resolución haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes a su notificación por los trámites de los artículo 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal) para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. Para la admisión del recurso de apelación, será necesaria la consignación de un depósito de 50 euros (artículo 448.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado ocupantes calle Soria número 5, piso 1C, Torrejón de Ardoz, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Torrejón de Ardoz, a 20 de febrero de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/7.567/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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