Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2017

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170330-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA HIRUELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

34
La Hiruela. Régimen económico. Calendario fiscal 2017

Por resolución de Alcaldía, de 2 de marzo de 2017, se acuerda la aprobación del calendario de cobro de tributos municipales de carácter periódico y notificación colectiva del año 2017.

Se establece que del 15 de julio al 15 de septiembre estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Tasa recogida de basuras.

El ingreso de las cuotas en período voluntario se realizará a través de la entidad bancaria colaboradora (“Banco Popular”) en las fechas anteriormente referenciadas.

Los recibos domiciliados se pasarán al cobro en la última quincena del período de pago voluntario.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

La Hiruela, a 2 de marzo de 2017.—El alcalde-presidente, Ignacio J. Merino Jiménez.

(02/8.151/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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