Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2017

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170330-45

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

45
Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 30 de enero de 2017 (punto número 10, fuera del orden del día), por la que se aprueban las bases y convocatoria para la concesión de ayudas a clubes y entidades deportivas en 2017.

BDNS (Identif.): 338453

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvenciones los clubes y entidades deportivas de Torrejón de Ardoz que figuren inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con, al menos, dos años de antigüedad con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de convocatoria por la Junta de Gobierno Local y que también figuren en el Registro de Entidades Deportivas de la Concejalía de Deportes.

Para poder optar a las ayudas objeto de esta convocatoria será necesario cumplir las siguientes condiciones:

a) Estar realizando actividades de forma continuada en el municipio con cuatro años de antigüedad como mínimo con respecto a la fecha de la convocatoria.

b) Las entidades deberán contar con, al menos, un 75 por 100 de deportistas empadronados en Torrejón de Ardoz. Podrá requerirse, si se estimara oportuno por la Concejalía de Deportes, el empadronamiento de los deportistas del club o entidad.

c) Haber presentado adecuadamente la justificación económica de la subvención concedida en el ejercicio anterior.

d) Haber cumplido con las estipulaciones establecidas en convenios de colaboración establecidos por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con clubes o entidades del municipio.

e) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, aportando cuanta información o documentación le sea requerida.

Segundo. Objeto.—Serán susceptibles de subvención los programas de aquellos clubes o entidades deportivas que participen en los siguientes ámbitos:

a) Competiciones y actividades deportivas reguladas por federaciones deportivas de ámbito nacional y/o autonómico.

b) Competiciones deportivas locales y/o mancomunadas para categorías de formación o cantera (hasta categoría juvenil), reguladas por el propio Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y otros organismos deportivos de carácter autonómico.

c) Actividades, competiciones y/o eventos deportivos de carácter local y/o autonómico dirigidos a colectivos especiales (tercera edad, discapacitados…).

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento o en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

http://www.ayto-torrejon.es/intranet/MiPaginaDescargas/744_ORDENANZA SUBVENCIONES 2016.pdf

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227- 48.PDF

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con cargo a la partida presupuestaria 070-34100-48901, denominada “Subvenciones Entidades Deportivas”, destinará un máximo de 135.500,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes, junto con la documentación exigida que se acompañe, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en los Registros municipales auxiliares de Torrejón de Ardoz (preferiblemente en el situado en la propia Concejalía de Deportes, calle Londres, número 25), desde el día 10 abril al 28 de abril de 2017 (ambos inclusive).

Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva.

El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será hasta el 30 de junio de 2017.

El plazo para la justificación de la subvención será del 1 al 15 de junio de 2017 (ambos inclusive).

Torrejón de Ardoz, a 6 de marzo de 2017.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/9.963/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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