Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170328-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 24

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Madrid número 24. Procedimiento 851 de 2015, notificación a Nelly Esperanza Caguana Becerra

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos sobre procedimiento ordinario 851/2015, por no ser conocido el domicilio de D./Dña. NELLY ESPERANZA CAGUANA BECERRA, por sentencia dictada con fecha 2/01/2017, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de la referida sentencia.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. CARLOS JAVIER BONILLA ALVAREZ contra Dª NELLY ESPERANZA CAGUANA BECERRA debo declarar y declaro no haber lugar a privar a la demandada doña Nelly Esperanza Caguana Becerra de la titularidad de la patria potestad sobre su hija menor Claudia Teresa Bonilla Caguana, pero atribuyendo el ejercicio exclusivo de la patria potestad sobre la misma al padre D. Carlos Javier Bonilla Álvarez.

Una vez se declare la firmeza de esta resolución, procédase a inscribir la misma al margen de la inscripción de nacimiento de la menor Claudia Teresa en el Registro Civil correspondiente, librándose para ello la oportuna comunicación junto con testimonio de esta sentencia.

No se hace especial condena de las costas procesales a ninguna de las partes dada la naturaleza de los intereses públicos que se protegen en este tipo de procesos.

Al notificar esta sentencia a las partes hágaseles saber que contra la misma podrán interponer, ante este juzgado, en el plazo de veinte días, recurso de apelación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, para cuya admisión será necesaria la previa constitución de depósito por la cantidad de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este juzgado, a excepción del Ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid. Conocerá del recurso la Sección 22ª de la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, que se archivará en el Libro correspondiente, llevando testimonio de la misma a los autos de su razón, definitivamente juzgando, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. NELLY ESPERANZA CAGUANA BECERRA, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOCAM, expido y firmo la presente en Madrid, a uno de marzo de dos mil diecisiete.

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.353/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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