Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
23-03-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170323-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3

90
Alcalá de Henares número 3. Procedimiento 492 de 2015, notificación a Cooperativa de Viviendas del Aire (COVINA)

EDICTO

Doña Rosa María Mayans López, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 492 de 2015, instados por la procuradora doña María del Carmen Sánchez Muñoz, en nombre y representación de don Adolfo Pastor Gil, contra Cooperativa de Viviendas del Aire (COVINA), en los que se ha dictado, en fecha 16 de febrero de 2017, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que debo estimar y estimo la demanda deducida por la procuradora doña Carmen Sánchez Muñoz, en nombre y representación de la mercantil don Adolfo Pastor Gil, contra Cooperativa de Viviendas Nuevas del Aire (COVINA), en situación procesal de rebeldía, declaro haber lugar a la misma, y en su virtud condeno a la parte demandada a elevar a escritura pública el documento privado de adjudicación al demandante en pleno dominio de la parcela número 6, fase A, con una superficie de 618 metros cuadrados, hoy calle Jazmín, número 15, del término municipal de Camarma de Esteruelas, en el paraje conocido como “El Vínculo”. Todo ello, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Firme que sea la presente resolución, deberá el demandante solicitar la ejecución de la sentencia conforme a lo prevenido en el artículo 708 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2334-0000-04-0492-15 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos: 2334-0000-04-0492-15.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Cooperativa de Viviendas del Aire (COVINA), y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcalá de Henares, a 17 de febrero de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/7.638/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170323-90