Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
21-03-2017

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170321-21

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 573/2017, de 28 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece la autorización, el traslado y la supresión de enseñanzas en centros públicos de la Comunidad de Madrid, para el curso 2016-2017.

El Real Decreto 832/2014, de 3 de octubre, deroga diversos Reales Decretos que establecen las enseñanzas mínimas y los currículos de distintos ciclos formativos establecidos al amparo de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo.

Además, y con el fin de completar, adaptar la oferta de las enseñanzas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte y optimizar los recursos para la mejora de la calidad de las enseñanzas ofertadas en los mismos, se hace necesario autorizar, trasladar o suprimir, para el curso escolar 2016-2017, la oferta educativa de los centros que se relacionan en los Anexos que se adjuntan.

Todo ello respetando lo establecido en la normativa que regula las respectivas enseñanzas: El Decreto 107/2014, de 11 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid; el Decreto 30/2007, de 14 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de las enseñanzas profesionales de música; el Decreto 29/2007, de 14 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de las enseñanzas profesionales de danza; el Decreto 107/2001, de 5 de julio, por el que se establecen los currículos de los ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en Amueblamiento, en Arquitectura Efímera, en Escaparatismo y en Proyectos y Dirección de Obras de Decoración, pertenecientes a la Familia Profesional de Diseño de Interiores, y el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la Ordenación General de la Formación Profesional del Sistema Educativo.

De conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto 198/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación Juventud y Deporte,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto y ámbito

La presente Orden tiene por objeto la autorización, el traslado y la supresión de enseñanzas en determinados centros docentes públicos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Autorización de enseñanzas

1. Se autoriza a los centros que se citan en el Anexo I a impartir las enseñanzas de formación profesional que se detallan en el mismo, a partir del curso 2016-2017.

2. Se autoriza a los centros que se citan en el Anexo II a impartir los ciclos de Formación Profesional Básica que se detallan en el mismo, a partir del curso 2016-2017.

3. Se autoriza a los centros que se citan en el Anexo III a impartir las enseñanzas de formación profesional, en el régimen a distancia, que se detallan en el mismo, a partir del curso 2016-2017.

4. Se autoriza a los centros que se citan en el Anexo IV a impartir las enseñanzas de régimen especial que se detallan en el mismo, a partir del curso 2016-2017.

Artículo 3

Traslado de enseñanzas

A partir del curso 2016-2017, se trasladan las enseñanzas que se indican en el Anexo V, autorizándose en el centro de destino y suprimiéndose en el de origen, con los efectos que de ello se deriven, especialmente en lo que se refiere a lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

Artículo 4

Supresión de enseñanzas

Los ciclos formativos, que se relacionan en el Anexo VI, se extinguirán progresivamente a partir del curso 2016-2017.

Artículo 5

Puesta en funcionamiento

La puesta en funcionamiento de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden quedará condicionada a la existencia de un número suficiente de alumnos matriculados, de acuerdo con la planificación educativa regulada por las instrucciones que al efecto dicte la administración educativa.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación

Se autoriza a las Direcciones Generales de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, para dictar las instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que requieran la implantación de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos a partir del curso 2016-2017.

Madrid, a 28 de febrero de 2017.—El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, PD (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2012), la Directora General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, Guadalupe Bragado Cordero.







(03/8.377/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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