Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
21-03-2017

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170321-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

7
RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de doña Sonia Herrero Velázquez de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 22 de mayo de 2015, la entonces Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 129, de 2 de junio) convocó pruebas selectivas, por el turno de promoción interna, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

La base segunda de la convocatoria, en su apartado 2.1.h), establece como requisito para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “Poseer nombramiento como personal estatutario fijo en Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud, en categoría diferente a la que se concursa, durante, al menos, dos años en la categoría de procedencia”. Este requisito, al igual que el resto de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

En virtud de lo establecido en la base 2.1.h) de la convocatoria, el Tribunal de las pruebas selectivas de Facultativo Especialista en Neurología, al tener duda razonable sobre la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria en el Servicio de Salud de Castilla y León de doña Sonia Herrero Velázquez, con DNI número 06571609-A, procedió con fecha 10 de enero de 2017 a realizar requerimiento de trámite de audiencia a la interesada, habilitando un plazo de diez días hábiles para alegar y presentar las justificaciones que estimara pertinentes. En el plazo habilitado, se recibió en la sede del Tribunal escrito de la interesada confirmando que en la actualidad ostenta plaza como Facultativo Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria en el Servicio de Salud de Castilla y León, tras haber tomado posesión de la misma el 15 de abril de 2016. Por tanto, esta Dirección General emite Resolución por la que se procede a la exclusión de doña Sonia Herrero Velázquez de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, por incumplimiento de requisitos.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de acuerdo con lo previsto en la base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) y al amparo de las competencias atribuidas en el Decreto 196/2015, de 4 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas, por el turno de promoción interna, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Neurología del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, de doña Sonia Herrero Velázquez, con DNI número 06571609-A, por incumplir el requisito exigido en la base 2.1.h) de la convocatoria “Poseer nombramiento como personal estatutario fijo en Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud, en categoría diferente a la que se concursa, durante, al menos, dos años en la categoría de procedencia”, en relación con lo establecido en la base 2.3 de la convocatoria “Los requisitos establecidos en la base segunda, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Dada en Madrid, a 28 de febrero de 2017.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Pablo Calvo Sanz.

(03/7.893/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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