Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
21-03-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170321-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de fecha 8 de marzo de 2017, por el que se convocan las subvenciones a entidades culturales sin ánimo de lucro que realicen actividades durante el año 2017.

BDNS (Identif.): 334804

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Las asociaciones debidamente registradas en el registro de asociaciones, fundaciones y entidades análogas del Ayuntamiento de Alcobendas que tengan un fin social y que desarrollen proyectos culturales y artísticos de calidad y de interés general para el municipio. Excepcionalmente, y con el correspondiente informe técnico que lo autorice, podrán solicitar la subvención asociaciones en trámite de registro municipal, siempre y cuando los trámites de inscripción se hayan iniciado con anterioridad a la publicación de la convocatoria.

También podrán solicitar subvención las personas físicas o jurídicas sin personalidad que desarrollen actividades que se encuadren en el ámbito recogido en la presente convocatoria.

Segundo. Objeto.—Convocatoria de subvenciones que otorga el Patronato Sociocultural (PSC) del Ayuntamiento de Alcobendas a las entidades culturales sin ánimo de lucro que realicen actividades.

Tercero. Bases reguladoras.—Bases reguladoras para otorgamiento de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas y siendo publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con fecha de febrero de 2009, entrando en vigor el 28 de febrero de 2009.

Cuarto. Cuantía.—Actividades culturales de especial interés y actividades a desarrollar en el marco de las fiestas del municipio: Navidad, Virgen de la Paz, San Isidro, otros festejos: 66.250,00 euros.

Actividades propias de las Casas Regionales así como actividades a desarrollar por estas asociaciones en el marco de las fiestas: Navidad, Virgen de la Paz, San Isidro, otros festejos y actividades culturales de especial interés: 50.000 euros.

Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el punto 1 de esta convocatoria se presentarán, dentro del plazo de treinta días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por conducto de la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones).

Sexto. Otros datos.—Las asociaciones, entidades interesadas y/o interesados deberán presentar los siguientes documentos, imprescindibles para la concesión, según los modelos que se anexan en esta convocatoria. Las solicitudes y la documentación requerida se presentarán debidamente firmadas por el secretario de la entidad solicitante y con el visto bueno de su presidente:

— Solicitud.

— Proyecto detallado en el que conste para cada actividad: ámbito temático, público al que se dirige, presupuesto, financiación, recursos de la asociación, fecha y lugar previstos y recursos que solicita.

— Certificación acreditativa del número de socios e incremento de los mismos en el último año, incluyendo cuota anual que tiene aprobada la asociación, y de las ayudas solicitadas o concedidas por otras Administraciones Públicas o entidades, indicando su importe y fecha o, en su caso, de su ausencia.

— Identificación y domicilio social de la entidad solicitante.

— Memoria de actividades desarrolladas por la entidad en los últimos doce meses.

— Datos bancarios de la entidad solicitante de la subvención.

— Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad solicitante.

— Documentación acreditativa de la capacidad del representante de la entidad solicitante.

— Declaración responsable de quien ostente la representación de la entidad solicitante de no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

— Declaración responsable de quien ostente la representación de la entidad solicitante de no tener pendiente obligación alguna por reintegro de subvenciones y de haber justificado subvenciones concedidas, en su caso, en ejercicios anteriores.

— Declaración responsable o certificación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Ver base 8.

— Declaración responsable de estar al corriente de todo tipo de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alcobendas.

— Seguro de responsabilidad civil en caso de actividades especiales que lo requieran y/o seguro de voluntariado en caso de realizar actividades con voluntariado.

Alcobendas, a 8 de marzo de 2017.—El presidente del Patronato Sociocultural, Fernando Martínez Rodríguez.

(03/8.477/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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