Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170315-101

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

101
Madrid número 14. Ejecución 195 de 2016, notificación a Cooperativa San Juan Bosco

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 195/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. AGUSTIN SEVILLA SEVILLA, D./Dña. ALANNY MATOS FELIZ, D./Dña. AMINA EL ASSOUAD, D./Dña. CARLOS CANO HERRERO, D./Dña. CARLOS MIGUEL HERNANDEZ VICENTE, D./Dña. FRANCISCO SANCHEZ VIVAS, D./Dña. JESUS CANTERO CATALINA, D./Dña. JOSE MARIA RUIZ ANDRADE, D./Dña. RICARDO DOMINGUEZ AZUARA, D./Dña. SEVERIANA DE LEON MATEO y D./Dña. ZOHRA CHRAKA frente a COOPERATIVA SAN JUAN BOSCO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva del decreto de fecha 10/02/2017:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 46.461,30 € de principal, desglosados de la siguiente forma:

Don Ricardo Domínguez Azuara: 5.609,90 €,

Don Agustín Sevilla Sevilla: 5.708,12 €,

Don Carlos Cano Herrero: 5.470,73 €

Don Francisco Sánchez Vivas: 4.900,02 €,

Don José María Ruiz Andrade: 4.204,82 €,

Don Carlos Miguel Hernández Vicente: 3.663,07 €,

Doña Zohra Chraka: 3.357,89 €,

Doña Amina El Assouad: 3.357,89 €,

Doña Alanny Matos Feliz: 3.357,89 €,

Doña Severiana de León Mateo: 3.357,89 €,

Don Jesús Cantero Catalina: 3.473,08 €,

más 9.297,39 € de intereses y costas provisionalmente calculados, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL PARCIAL del ejecutado COOPERATIVA SAN JUAN BOSCO, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Constando efectuado ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado por importe de 25,66 €, procédase al reparto de dicho importe entre los ejecutantes, de la siguiente forma:

Don Ricardo Domínguez Azuara: 3,10 €,

Don Agustín Sevilla Sevilla: 3,15 €,

Don Carlos Cano Herrero: 3,02 €

Don Francisco Sánchez Vivas: 2,71 €,

Don José María Ruiz Andrade: 2,32 €,

Don Carlos Miguel Hernández Vicente: 2,02 €,

Doña Zohra Chraka: 1,85 €,

Doña Amina El Assouad: 1,85 €,

Doña Alanny Matos Feliz: 1,85 €,

Doña Severiana de León Mateo: 1,85 €,

Don Jesús Cantero Catalina: 1,94 €,

Para lo que se expedirán los correspondientes mandamientos de devolución, que podrán recoger en Secretaría una vez sea firme la presente resolución, con apercibimiento, de que los mandamientos de pago caducan al cobro en el plazo de TRES MESES, y, caso de no verificarlo en dicho plazo, se transferirá al Tesoro Publico en la cuenta de fondos y depósitos provisionalmente abandonados.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COOPERATIVA SAN JUAN BOSCO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de febrero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.956/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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