Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170313-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

71
Madrid número 2. Procedimiento 580 de 2016, notificación a Tamara Cuesta Diego

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PAULA MATEO ERROZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 580/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. KHADIJA MAHMOUDY frente a D./Dña. TAMARA CUESTA DIEGO sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal :

En Madrid a diez de octubre de dos mil dieciséis.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 2, D./Dña. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ los presentes autos nº 580/2016 seguidos a instancia de D./Dña. KHADIJA MAHMOUDY contra D./Dña. TAMARA CUESTA DIEGO sobre Despido.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 454/2016

FALLO

ESTIMO la demanda sobre reclamación de cantidad formulada por DOÑA KHADIJA MAHMOUDY frente a TAMARA CUESTA DIEGO y, en consecuencia, condeno a la demandada al abono de la cantidad de 2.682 euros por conceptos salariales con más el interés prevenido en el artículo 29.3 del TRET.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes haciéndoles saber que contra ella podrá interponerse recurso de SUPLICACIÓN en el plazo de CINCO DÍAS, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a contar desde su notificación y conforme a los artículos 188 y siguientes de la LRJS pasados los cuales quedará firme en derecho.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. TAMARA CUESTA DIEGO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a dieciséis de febrero de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.002/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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