Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2017

Sección 1.2.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170307-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

4
ORDEN 324/2017, de 24 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio por la que se nombran Vocales en el Consejo de Protección y Bienestar Animal de la Comunidad de Madrid.

El Consejo de Protección y Bienestar Animal de la Comunidad de Madrid fue creado mediante la Orden 162/2000, de 26 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, actualmente Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, como órgano de consulta y asesoramiento en materia de protección y bienestar de los animales.

La composición del Consejo de Protección y Bienestar Animal se regula en el artículo 3 de la referida Orden, estableciendo el artículo 4 que el nombramiento y cese de los Vocales corresponde al Consejero de Medio Ambiente, a propuesta de las organizaciones o autoridades que se indican en el mismo.

Teniendo en cuenta que las funciones de la Consejería de Medio Ambiente se ejercen en la actualidad por la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, que las referencias a la Dirección General de Agricultura han de entenderse hechas a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, que es la que actualmente ejerce sus competencias y teniendo en cuenta, a su vez, las propuestas presentadas,

DISPONGO

Primero

Nombrar Vocales del Consejo de Protección y Bienestar Animal, de conformidad con el artículo 3.3, en relación con el artículo 4, de la Orden 162/2000, de 26 de enero:

1. A propuesta del Director General de Agricultura y Ganadería a:

— El titular de la Subdirección General con competencias en materia de Recursos Agrarios, el titular del Área con competencias en materia de Protección Animal y el titular de la Sección Técnica I, en su condición de funcionarios de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

— El Decano de la Facultad de Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid y el Decano de la Facultad de Veterinaria de la Universidad Alfonso X el Sabio de Madrid, como expertos en animales domésticos.

— El Presidente de Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía (AMVAC) y el Presidente de la Asociación de Veterinarios Españoles Especialistas en Pequeños Animales (AVEPA), como veterinarios de libre ejercicio de la profesión.

2. A propuesta de las Sociedades Protectoras de Animales, registradas en la Comunidad de Madrid a:

— El Presidente de Justicia Animal Comunidad de Madrid.

— El Presidente de la Asociación Nacional Amigos de los Animales (ANAA).

— El Presidente de la Asociación para la Liberación y el Bienestar Animal (ALBA).

— El Presidente de la Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Madrid (SPAP).

— El Presidente de la Asociación para la Defensa y Protección de Animales, Plantas y Medio Ambiente (PROA).

— El Presidente de la Federación de Asociaciones Protectoras de la Comunidad de Madrid (FAPA).

3. A propuesta de las organizaciones o asociaciones a las que representan a:

— El Capitán Jefe del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA).

— El Presidente de la Federación de Municipios de Madrid.

— El Presidente del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid.

— El Presidente de la Real Sociedad Canina de España.

— El Presidente de la Federación Canina de la Comunidad de Madrid.

— El Jefe del Departamento de Servicios Veterinarios del Ayuntamiento de Madrid.

Segundo

Los Vocales nombrados en esta Orden podrán designar un suplente para cada reunión que celebre el órgano.

Tercero

Dejar sin efecto los nombramientos de los Vocales del Consejo de Protección y Bienestar Animal efectuados con anterioridad a la publicación de la presente Orden y, concretamente, la Orden 656/2013, de 19 de marzo, por la que se procede al nombramiento de Vocales del Consejo de Protección y Bienestar Animal de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 24 de febrero de 2017.—El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, PD (Orden 1463/2015, de 13 julio), el Secretario General Técnico, Fernando Moya Lorente.

(03/7.340/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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