Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2017

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170306-18

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

18
DECRETO 20/2017, de 28 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se declara bien de interés cultural, en la categoría de monumento, la Iglesia Parroquial de San Martín Obispo, en Valdilecha (Madrid).

Mediante Resolución de 10 de marzo de 1980 (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de abril de 1980), de la Dirección General de Patrimonio Artístico, Archivos y Museos del Ministerio de Cultura (actual Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), se acuerda tener por incoado expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la Iglesia de San Martín, en Valdilecha (Madrid) (expediente P-118/85 BIC Inmuebles).

El bien queda inscrito preventivamente en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid con el número de registro RBIC-1980-000005 y en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el código 2168.

La continuidad de la instrucción de dicho expediente viene afectada por la vigente Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de junio de 2013) por la que, conforme a su disposición transitoria segunda, “los expedientes sobre declaración de Bienes de Interés Cultural incoados antes de la entrada en vigor de la Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, que no hayan sido resueltos expresamente a la fecha de entrada en vigor de la presente ley podrán ser resueltos sucesiva o conjuntamente, mediante Decreto del Consejo de Gobierno, previa audiencia de los interesados y del Consejo Regional de Patrimonio Histórico”.

A la vista de lo anterior, existiendo base suficiente para continuar la tramitación del citado expediente, la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución de 31 de mayo de 2016, abre un período de información pública y trámite de audiencia por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (22 de junio de 2016), a fin de que cualquier interesado pueda examinarlo y presentar las alegaciones que estime oportunas.

Igualmente, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Valdilecha, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes, se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y se da audiencia al Ayuntamiento de Valdilecha y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes Culturales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

Durante el citado período de trámite de audiencia el Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el 20 de julio de 2016, muestra su conformidad, por mayoría de sus miembros, con la Resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 31 de mayo de 2016, por la que se somete a información pública y trámite de audiencia el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, de la Iglesia Parroquial de San Martín Obispo en Valdilecha (Madrid).

Igualmente, se recibe informe del Presidente de la Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando que dice estar autorizado para comunicar que no existe por parte de la Academia ningún obstáculo para la mencionada declaración de BIC-Monumento de la parroquia de Valdilecha.

También se recibe informe del Ayuntamiento de Valdilecha, indicando que el inmueble está catalogado en el Plan General de Ordenación Urbana con Protección Integral, y que los criterios de intervención señalados en el anexo a la resolución de incoación para el entorno delimitado, son similares a las normas estéticas que prescribe el Plan General para la zona.

No consta que se hayan presentado alegaciones. En consecuencia, se reitera en los mismos términos la propuesta técnica inicial.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día de la fecha,

DISPONE

Primero

Declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, de la Iglesia Parroquial de San Martín Obispo en Valdilecha (Madrid), de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo del presente Decreto.

Segundo

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, de la que se librará oportuna certificación al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Tercero

La entrada en vigor se producirá el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de febrero de 2017.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

ANEXO

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS VALORES DEL BIEN QUE MOTIVAN SU DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL

A) Descripción del bien objeto de la declaración

1. Identificación y localización del objeto de la declaración

El municipio de Valdilecha se sitúa al sureste de la Comunidad de Madrid. Limita con los términos de Campo Real, Pozuelo del Rey, Villar del Olmo, Carabaña, Tielmes y Perales de Tajuña. Actualmente pertenece a la diócesis de Alcalá de Henares.

La Iglesia parroquial de San Martín Obispo está ubicada en el casco urbano de la localidad, en la parcela catastral nº 1 de la manzana catastral nº 43071. Limita al norte con la calle de San Martín, al sur con el resto de la parcela catastral, donde se ubican la casa y el despacho parroquial, al este con la calle Fray Luis y al oeste con la calle Ronda. Tiene una superficie en planta de 578 m2.

Se asienta sobre una plataforma horizontal que salva el desnivel existente entre las calles Ronda y Fray Luis. El entorno está compuesto por edificaciones de valor irregular de una, dos y tres plantas. La proximidad de estas construcciones impide tener una visión clara del conjunto de la iglesia, salvo desde la calle Ronda.

2. Breve introducción histórica

La formación y desarrollo de la villa de Valdilecha durante la Edad Media está en estrecha relación con la repoblación del sureste madrileño a lo largo de los siglos XII y XIII. Tras la definitiva conquista de Alcalá en 1118, el rey Alfonso VII concede en 1125 un privilegio por el que da a la catedral y arzobispo de Toledo la ciudad de Alcalá y los términos de su alfoz para defenderlos y repoblarlos.

En este contexto surge Valdilecha, que figura ya en un documento emitido por Alfonso VIII en 1190, por el que concede veinte aldeas madrileñas al concejo de Segovia, posteriormente restituidas a la sede toledana, reintegrándose a la comunidad de villa y tierra de Alcalá en 1214.

Será hacia mediados del siglo XIII, con cierta seguridad en la zona y la población asentada, cuando se construya la primera iglesia estable. Las precarias condiciones económicas de estas áreas rurales obligan a adoptar el sistema constructivo mudéjar, más rápido y barato que el estilo gótico utilizado en otras poblaciones.

En 1556 Felipe II concede a la población de Valdilecha privilegio de villazgo y la exime de la jurisdicción de Alcalá, dependiendo del arzobispado de Toledo. En 1578 el rey retira las villas de Valdilecha, Carabaña y Orusco del arzobispado toledano, incorporándolas a la Corona para venderlas de forma inmediata al banquero genovés Esteban Lomalín. En siglos sucesivos el señorío irá cambiando de propietario hasta su supresión en 1811, hecho que se hace definitivo en 1833.

La iglesia parroquial de San Martín Obispo, tal como actualmente la conocemos, tiene su origen en el templo mudéjar de una sola nave construido a mediados del siglo XIII. A pesar de las diferentes fases constructivas y estilos que presenta, mantiene una indudable armonía y unidad de escala, y en conjunto puede considerarse uno de los edificios más interesantes del sureste madrileño.

Se conocen muchos datos del proceso de ampliación y transformación. Durante el siglo XVI, a consecuencia de la bonanza económica y el aumento de población, se produce una notable actividad constructiva en toda la región madrileña. Valdilecha pasa de ser una pequeña aldea dependiente de Alcalá a tener rango de villa y coincidiendo con su nueva categoría se proyecta una gran iglesia columnaria de tres naves acorde con los gustos estéticos del momento, que no llega a materializarse por falta de recursos. Las tres únicas columnas conservadas de ese ambicioso proyecto dan idea de lo que pudo ser el templo de planta de salón.

En el último cuarto del siglo las obras continúan a una escala más modesta, sustituyendo el costoso sistema de bóvedas vaídas por techumbres de madera sobre arcadas de piedra separando las naves. La construcción, manteniendo en servicio simultáneamente la primitiva iglesia medieval de una nave, se realiza por fases y se prolonga hasta bien entrado el siglo XVII. Está documentada la intervención entre 1576 y 1616 del maestro de cantería Juan de Praves en la realización de la sacristía y las naves laterales.

La demolición de la nave única de la iglesia mudéjar y la construcción y techado de la nave central del nuevo templo se realizan entre 1618 y 1620, con trazas de Juan Bautista Monegro, maestro mayor de la catedral de Toledo. Entre los años 1620 y 1622 se lleva a cabo la pavimentación general y se completa la decoración interior, quedando concluido el templo a falta de reformar la cabecera.

A partir de ese momento, se trabaja en la construcción de una nueva torre, de diseño sobrio y sencillo, probablemente en el mismo emplazamiento que la primitiva mudéjar, a los pies de la nave central. Las trazas son del maestro de obras Andrés Palancares, interviniendo Alonso Sánchez y Francisco Gutiérrez. Las obras concluyen hacia 1638, pero tiene que ser reparada en multitud de ocasiones, lo que indica defectos de construcción o problemas con el terreno donde se asienta.

En 1627, el libro de visitas informa que Don Francisco de Santoyo, señor de la Villa, deja 12.000 ducados para la construcción de una nueva capilla mayor acorde con el resto de la iglesia. Pese a ello, se decide no demoler la primitiva cabecera mudéjar, sino adaptarla a los nuevos gustos y necesidades. Entre 1660 y 1695 se realizan varias obras de adaptación en el presbiterio, cegando los arquillos mudéjares del ábside, modificando el nivel del pavimento, colocando gradas y construyendo una falsa bóveda de cañón con lunetos y un arco triunfal carpanel.

En 1695 se está construyendo un retablo barroco con un gran lienzo que representa a San Martín, pintado por Vicente Ribera, pintor de Alcalá, destruido en 1936. Todos esos elementos que ocultaban la cabecera original, salvo las gradas, han sido eliminados en época reciente.

3. Descripción del inmueble

La iglesia parroquial de San Martín Obispo en Valdilecha es un edificio con elementos arquitectónicos mudéjares, renacentistas y barrocos, construido entre los siglos XIII y XVIII. Consta de una cabecera de tipología románico-mudéjar con presbiterio rectangular abovedado rematado en ábside semicircular con casquete esférico; tres naves escalonadas cubiertas con techumbre de madera y separadas por arquerías; sacristía de planta rectangular en el ángulo noroeste, ocultando parcialmente el ábside y torre a los pies de la nave central. La volumetría exterior es muy sencilla y la decoración escasa, destacando únicamente el trabajo mudéjar en ladrillo de algunas ventanas y cornisas.

La cabecera, tanto por su fábrica como por su tipología formal y decorativa, puede incluirse en la corriente del foco mudéjar toledano. El ábside presenta aparejo formado por hiladas simples de mampuestos irregulares con otra hilada de piedras más pequeñas sobre ellas, entre verdugadas simples de ladrillo y esquínales de este material, modulado con una distancia entre verdugadas de 6 ladrillos. La cornisa está realizada enteramente con ladrillo, con labores de gran complejidad imitando canecillos. Este tipo de aparejo es el más representativo del mudéjar toledano, apareciendo en la mayor parte de las iglesias de la ciudad de Toledo, y en buen número de las construidas por esas fechas en las provincias de Toledo y Guadalajara. En la Comunidad de Madrid se encuentran restos muy similares en Santorcaz, Pezuela de las Torres, Boadilla del Monte o Carabanchel.

Los vanos que se abren en el ábside son de tipo polilobulado de clara inspiración islámica, muy frecuentes en el ámbito toledano pero de empleo más restringido en otras comarcas. En la Comunidad de Madrid solo encontramos un modelo similar en la iglesia de Santorcaz.

Interiormente destaca el sistema de articulación de los muros mediante pilastras lisas y dos bandas superpuestas de arquerías ciegas. En ellas aparecen arcos de herradura circular, de herradura apuntados y otros entrelazados. La solución es característica del mudéjar toledano a partir del ábside de la mezquita del Cristo de la Luz y se repite en algunas iglesias de la Comunidad de Madrid, como la ya citada de Santorcaz o Camarma de Esteruelas.

Las pinturas murales que decoran el ábside y el presbiterio, descubiertas en 1975, están realizadas al fresco con retoques de agua de cal. Constituyen un tipo de decoración muy frecuente en las iglesias medievales, siguiendo fórmulas compositivas e iconográficas de la pintura románica, que en algunas comarcas se prolongan hasta el siglo XV. Se representa en el casquete del ábside el Pantocrator rodeado por el Tetramorfos, según la visión del Apocalipsis de San Juan, acompañados por el Apostolado ubicado en los nichos de las arquerías inferiores.

Las formas estilísticas de estas pinturas se pueden relacionar con modelos toledanos, como las de San Román y Santiago del Arrabal. Algunos autores establecen para las pinturas de Valdilecha una cronología próxima a 1250, dentro del estilo denominado gótico lineal. Otros vestigios de pinturas similares en la región madrileña se encuentran en las iglesias de Santorcaz y Camarma de Esteruelas.

Por lo que respecta al pavimento de la cabecera, las excavaciones arqueológicas han puesto al descubierto cuatro niveles que corresponden a distintas épocas, desde su construcción en el siglo XIII hasta el siglo XVII, lo que ha supuesto una elevación considerable respecto al nivel original.

El cuerpo de las tres naves, constituye un interesante testimonio de la tipología desarrollada durante el siglo XVI en torno al foco toledano, con formas y motivos decorativos renacentistas aplicados a modelos y sistemas constructivos mudéjares. Así las arcadas que separan las tres naves están labradas en piedra caliza, con columnas toscanas sobre las que se tienden arcos de medio punto de amplia luz. Presentan irregularidades dimensionales como consecuencia de su construcción en momentos diferentes. La de la nave del Evangelio revela la primitiva intención de sobrepasar la longitud de la iglesia mudéjar. La de la nave de la Epístola es de traza regular, adaptada a las dimensiones acordadas finalmente. Las techumbres de madera de las naves siguen los modelos habituales, con pares inclinados y tablero de ripia en las naves laterales y artesonado de par y nudillo atirantado en la nave central. Están parcialmente reconstruidas, manteniendo la tipología original.

A los pies de la nave del Evangelio se sitúa la capilla bautismal, con pila de piedra caliza, de copa semiesférica sobre pequeña columna de fuste estriado que puede datarse en la segunda mitad del siglo XVI.

La tribuna o coro alto, situada a los pies de las naves del templo, es una construcción de madera apoyada en dos columnillas toscanas labradas en piedra que se adosan a las grandes columnas de las arcadas. Está parcialmente reconstruida.

La torre, que puede adscribirse al barroco clasicista de la primera mitad del siglo XVII, es de planta sensiblemente cuadrada y tiene tres cuerpos que no se manifiestan de forma clara al exterior. El sector inferior es de ladrillo con cajones de mampostería, prácticamente ciego, mientras que el superior es de fábrica de ladrillo, con rehundidos rectangulares que enmarcan los huecos del campanario. La base de la torre es maciza, quizás porque aprovecha parte de la primitiva torre mudéjar.

La sacristía es de planta rectangular, construida toda ella en piedra, con las esquinas, recercados de huecos y cornisas de sillería y los muros de mampostería. Se cubre con falsa bóveda de cañón con lunetos.

Los dos accesos al templo, en las naves laterales norte y sur, son arcos de medio punto con jambas y dovelas sin molduras. La portada sur está decorada con dos sencillas impostas en el arranque del arco.

Resumiendo, la iglesia de San Martín Obispo de Valdilecha, es una construcción heterogénea de gran interés que ilustra perfectamente la evolución de muchos templos del sureste madrileño. Su cabecera, tanto por sus características arquitectónicas y su decoración pictórica como por su estado de conservación, constituye uno de los ejemplos más completos e importantes del estilo mudéjar del foco toledano, y puede calificarse como excepcional. A ello hay que sumar la indudable belleza de la arquitectura renacentista de las naves, en perfecta armonía con la cabecera, y la rotundidad formal de la sacristía barroco-clasicista.

Por todo ello, se considera que el edificio tiene valores históricos, arquitectónicos y artísticos suficientes para su declaración como Bien de Interés Cultural.

4. Enumeración de partes integrantes y pertenencias del inmueble

Son objeto de la presente declaración, la iglesia de tres naves con presbiterio y cabecera semicircular, el coro alto, la sacristía y la torre.

Forman parte del templo y quedan expresamente protegidas como partes del inmueble, las pinturas murales de la cabecera y presbiterio, los restos de pavimentos de distintas épocas, la pila bautismal de piedra, las puertas con clavos de forja del acceso norte y las cuatro campanas de bronce de la torre fechadas en 1773, 1783, 1907 y 1958, respectivamente.

En el entorno de protección quedan expresamente protegidos, por su vinculación histórica, funcional y visual con la iglesia, tanto el muro de contención que delimita la plataforma por el este como los pretiles o muretes originales que todavía subsisten en el contorno del compás de acceso al templo, dentro de la misma parcela catastral.

Se consideran bienes muebles vinculados al inmueble por formar parte de su historia, dos lápidas o laudas sepulcrales del siglo XVII procedentes del exterior; una talla de Cristo crucificado en madera policromada de escuela castellana, fechable en la segunda mitad del siglo XVI, colocada actualmente en el presbiterio; tres piezas de orfebrería madrileña de interés, un copón de plata del marcador Andrés Sevillano fechable entre 1662 y 1669, un relicario del Lignum Crucis de plata dorada del año 1699 y un cáliz de plata de Matías Cristóbal fechado en 1715.

Igualmente se consideran vinculados al inmueble diversos ornamentos litúrgicos de notable calidad y antigüedad: un terno de difuntos en terciopelo negro decorado con bordados en hilo de oro y sedas de colores con motivos vegetales compuesto por dos dalmáticas y una casulla, fechable en el primer tercio del siglo XVI; un terno en terciopelo rojo con decoración bordada en hilo de oro y sedas de colores con motivos vegetales, santos en hornacinas y la Virgen, compuesto por una capa pluvial, dos dalmáticas y una casulla, fechable asimismo en el siglo XVI; por último, una capa pluvial montada en terciopelo negro actual con cenefa y capillo del siglo XVI decorada con hilo de oro y sedas de colores representando santos y la Asunción de la Virgen.

5. Delimitación gráfica del bien

Se adjunta plano de la delimitación. La descripción gráfica del monumento figura en los documentos técnicos que acompañan el expediente.

B) Delimitación del entorno afectado

El entorno afectado por la declaración se fundamenta en la protección del monumento como hito cultural e histórico, garantizando la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas futuras al carácter del monumento, evitando la alteración o pérdida de los valores ambientales y paisajísticos o la introducción de nuevos elementos que perturben su visualización.

1. Descripción literal

El entorno de protección de la iglesia tiene una superficie de 0,86 Ha y está formado por el resto de la parcela catastral 01 de la manzana catastral 43071, de titularidad eclesiástica, el viario perimetral de la misma formado por las calles San Martín, Fray Luis, San Isidro y Ronda, así como algunos tramos contiguos de las calles Alcázar, Sierpes, Cruz y Cuevas. También lo forman los inmuebles que dan fachada a esos tramos de calles, que se enumeran a continuación:

Parcelas catastrales nº 11, 14, 15 y 16 de la manzana catastral 43080, con fachada a las calles Sierpes y Alcázar.

Parcelas catastrales nº 01, 02, 03 y 04 de la manzana catastral 43085, con fachada a las calles San Martín, Fray Luis, Sierpes, Alcázar y Ronda.

Parcelas catastrales nº 01, 10, 11 y 12 de la manzana catastral 43084, con fachada a las calles Fray Luis y Cruz.

Parcelas catastrales nº 01, 24 y 25 de la manzana catastral 44077, con fachada a las calles Fray Luis y Cruz.

Parcelas catastrales nº 01, 02, 03, 04, 20 parcialmente, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la manzana catastral 43070, con fachada a las calles San Isidro y Ronda.

Parcelas catastrales nº 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09 y 10 de la manzana catastral 43077, con fachada a las calles Ronda, San Martín y Cuevas.

Parcelas catastrales nº 05. 06 y 07 de la manzana catastral 42070, con fachada a las calles Cuevas y San Martín.

Parcelas catastrales nº 29, 30, 31 y 32 de la manzana catastral 42087, con fachada a las calles San Martín y Ronda.

La calle Ronda desde su cruce con la calle Camelias hasta su confluencia con la calle Alcázar.

La calle Fray Luis desde su cruce con la calle Sierpes hasta la línea divisoria de las parcelas catastrales 04 y 05 de la manzana catastral 43070.

La calle Cuevas desde su cruce con la calle San Martín hasta la línea divisoria de las parcelas catastrales 07 y 08 de la manzana catastral 42070.

La calle Alcázar desde su cruce con la calle San Martín hasta el vértice norte de la manzana catastral 43085.

La calle Sierpes desde su cruce con la calle Alcázar hasta el vértice noroeste de la manzana catastral 43084.

La calle San Martín desde la línea divisoria de las parcelas 04 y 05 de la manzana catastral 42070 hasta su cruce con la calle Fray Luis.

La calle Cruz desde su cruce con la calle Fray Luis hasta la línea divisoria de las parcelas catastrales 09 y 10 de la manzana catastral 43084.

La calle San Isidro en su totalidad.

2. Descripción gráfica

La descripción gráfica es la que figura en el plano adjunto.

C) Compatibilidad de usos con la correcta conservación del bien

El uso actual del inmueble es el original y el adecuado para su correcta conservación y para la adecuada interpretación de su significado y sus valores formales y simbólicos.

D) Estado de conservación del bien y criterios de intervención

La iglesia parroquial de San Martín Obispo presenta actualmente un buen estado de conservación tras las intervenciones realizadas en años pasados. En 1994 se acometieron actuaciones de rejuntado de piedra de paramentos y retejado en la torre. En el año 2006 se realizaron obras para la recuperación de la forma original de la cubierta y del espacio interior del templo.

Los criterios de intervención en el futuro irán orientados a preservar los valores que motivan la declaración del inmueble como Bien de Interés Cultural. En cualquier caso, las eventuales actuaciones deberán regirse por los criterios establecidos en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

En el entorno de protección del monumento, el criterio de intervención será la utilización de tipologías acordes con las características de la arquitectura tradicional de la zona, en cuanto a volumetría, composición y materiales. A tal efecto, se adaptará si fuera necesario la normativa urbanística vigente, estableciendo las condiciones volumétricas, tipológicas y estéticas adecuadas para ello.

El Plan General de Ordenación Urbana de Valdilecha de 2013 incluye en su Catálogo de espacios y bienes protegidos, con el número 03, la iglesia parroquial de San Martín Obispo con el grado de protección Integral, que se considera adecuado y coherente con su declaración como Bien de Interés Cultural.

E) Plano de delimitación del bien y del entorno afectado

Se adjunta como Anexo el plano de delimitación del bien y su entorno de protección.



(03/7.362/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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