Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170303-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

149
Madrid número 27. Ejecución 33 de 2014, notificación a Construcciones Cepero, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELISA CORDERO DIEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 33/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADOLFO CASTILLEJO VALLEJO y D./Dña. DAVID TORREJON VALLADOLID frente a CONSTRUCCIONES CEPERO SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 87.743,50 euros de principal; 10.053,12 de intereses y 10.293,12 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL parcial del ejecutado CONSTRUCCIONES CEPERO SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Procédase a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y una vez firme hágase entrega de Testimonio de la misma. Asimismo, expídase testimonio de la Sentencia recaída en el presente procedimiento y Auto despachando ejecución a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, procediendo posteriormente al archivo de las presentes actuaciones.

Una vez firme la presente resolución, archivense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONSTRUCCIONES CEPERO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a ocho de febrero de dos mil diecisiete.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.096/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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