Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2017

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170302-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 3

171
Granada número 3. Procedimiento 494 de 2016, notificación a Asociación Usuarios Servicios Bancarios Ausbanc Consum

EDICTO

LA LETRADA DE LA ADMON DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUM 3 DE GRANADA.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 494/2016, sobre Procedimiento CANTIDAD Y DESPIDO a instancia de GUILLERMINA GUERRERO GARCIA contra ASOCIACION USUARIOS SERVICIOS BANCARIOS AUSBANC CONSUM y FOGASA, en la que con echa se ha dictado Sentencia de fecha 15/11/2016 que literalmente dice:

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña Guillermina Guerrero García representada por el Letrado D. Antonio Folgoso Olmo, contra ASOCIACION USUARIOS SERVICIOS BANCARIOS AUSBANC CONSUM, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora, condenando a la citada empresa a que dentro del plazo de cinco días desde la notificación de esta Sentencia, opte por la readmisión del trabajador, con abono en ese caso de salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de esta Sentencia, a razón de un salario diario de 33,66 euros, o por el abono al mismo de una indemnización en la cuantía de 949, 1 euros, previniéndole que en caso de no optar por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede de la primera.

Debo condenar y condeno igualmente a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 4.603,0 euros, más los intereses por mora al 10% de la citada cantidad.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida y hágase saber a las mismas que contra esta sentencia pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN para ante la Sala de lo Social de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de CINCO DÍAS y por conducto de este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para sue sirva de notificación en forma a ASOCIACION USUARIOS SERVICIOS BANCARIOS AUSBANC CONSUM, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Granada, a nueve de febrero de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMON DE JUSTICIA

(03/4.853/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170302-171