Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2017

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170302-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

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Madrid número 42. Procedimiento 50 de 2015, notificación a Carlos Sacristán Laso

EDICTO

D./DÑA. ANA ROSA MARTINEZ SUDON LETRADO DE LA ADMON. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 42 DE MADRID

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Delito Leve 50715 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

DON JUAN JOSE ESCALONILLA MORALES, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción núm. 42 de Madrid, ha visto el Juicio de Delito Leve seguido en este Juzgado bajo el número 50/15 sobre amenazas en virtud de denuncia, habiendo sido partes el Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y como denunciante Carlos Sacristán Laso y como denunciado José Antonio Flores Barrull.

Que debo absolver como absuelvo a José Antonio Flores Barrull del delito leve de amenazas de la que ha sido acusado, declarando de oficio las costas causadas en el presente juicio.

Contra esta resolución cabe interponer RECURSO DE APELACION en el plazo de CINCO DIAS, siguientes al de su notificación, mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Letrado de la Admón. de Justicia del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.-Rubricado. Ilegible.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a CARLOS SACRISTAN LASO, expido la presente en MADRID, a 6 DE FEBRERO DE 2017

EL/LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.049/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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