Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170302-140

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

140
Madrid número 32. Procedimiento 1.329 de 2014, notificación a Telsis Holding LTD

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1329/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARTA MARTINEZ OLEA frente a D./Dña. MICHAEL CHARLES BERRY , D./Dña. RICHARD HAMPTON WEBB, FOGASA, TELSIS COMMUNICATIONS SERVICES LTD, TELSIS HOLDING LTD, TELSIS LTD y TELSIS SISTEMAS SA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

SENTENCIA Nº 624/2016

FALLO

Que con estimación de la demanda de despido presentada por D./Dña. MARTA MARTINEZ OLEA, contra TELSIS SISTEMAS SA debo declarar y declaro improcedente el mismo y debo condenar y condeno a tal empresa a optar en el plazo de cinco días entre readmitir a la actora en las mismas condiciones que tenía antes del despido con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución a razón de 107,71 € al día, o a indemnizarle con la cantidad de 49.988,22 €. Y con con desestimación de la demanda de despido presentada por D/Dña. MARTA MARTINEZ OLEA contra TELSIS HOLDING LTD, D./Dña. RICHARD HAMPTON WEBB, D./Dña. MICHAEL CHARLES BERRY, y TELSIS LTD, debo absolver y absuelvo a los mismos de las peticiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en SANTANDER C/PRINCESA Nº3 a nombre de este Juzgado con el núm. 2805 acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenando en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en SANTANDER C/PRINCESA Nº3 a nombre de este juzgado, con el nº 2805, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TELSIS HOLDING LTD, D./Dña. RICHARD HAMPTON WEBB, D./Dña. MICHAEL CHARLES BERRY , TELSIS COMMUNICATIONS SERVICES LTD, TELSIS LTD, TELSIS SISTEMAS SA, , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintiocho de diciembre de dos mil dieciséis .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.748/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170302-140