Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2017

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170301-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

66
Madrid. Sección Vigésima Quinta. Procedimiento 415 de 2016, notificación a María Dolores de Haro Martínez

Sección Vigésima Quinta

EDICTO

Recurso de Apelación 415/2016.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. LUIS ALBERTO BARONTI GILIS.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. MARIA LUISA LUENGAS GARCIA.

SOBRE: Contratos: otras cuestiones.

En virtud de lo acordado en el Recurso de Apelación de referencia, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por D./Dña. LUIS ALBERTO BARONTI GILIS, frente a PERCOLAT, S.L. sobre Contratos: otras cuestiones, por no ser conocido el domicilio/estar en ignorado paradero la parte apelada por resolución de 23 de enero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156 apartado 4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma, para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

“Que, estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por D. Luis Alberto Baronti Gilis contra la sentencia de 6 de Julio de 2015 del Juzgado de Primera Instancia n° 73 de Madrid dictada en procedimiento 776/11 revocamos también parcialmente dicha resolución en cuanto a la condena conjunta y solidaria allí fijada en 200.000 € que queda sin efecto. En su lugar, con estimación parcial de la demanda, esta cantidad la fijamos en 127.797,60 € e intereses de la mora procesal devengados desde la presente resolución. Confirmamos el resto de la sentencia excepto el pronunciamiento sobre costas.

No procede imposición de las costas en ninguna de las dos instancias.

MODO DE IMPUGNACION: Contra esta Sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en Banco de Santander Oficina N° 6114 sita en la calle Ferraz n° 43, 28008 Madrid, con el número de cuenta 3390-0000-00-0415-16, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.”

El presente Edicto se entrega al Procurador D./Dña. MARIA DOLORES DE HARO MARTINEZ, para que cuide de su publicación en el Boletín Oficial acordado.

En Madrid a veintisiete de enero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMON. DE JUSTICIA

(02/4.000/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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