Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
23-02-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170223-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 4

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Madrid número 4. Procedimiento 1.462 de 2015, notificación a Automoción Sel, S. A.

EDICTO

Doña María Elena Artigot Fabre, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) numero 1.462 de 2015 instados por procurador don Florencio Aráez Martínez en nombre y representación de “Manuel León Mantenimientos Industriales, Sociedad Limitada”, contra “Automoción Sel, Sociedad Anónima”, en los que se ha dictado, en fecha 14 de noviembre de 2016, sentencia, cuyo tenor es el siguiente:

Sentencia número 365 de 2016

En Madrid, a 14 de noviembre de 2016.—Vistos por mí, doña María Jesús del Barco Martínez, magistrada-juez de este Juzgado de primera instancia y su Partido, los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el número 1.462 de 2015, a instancia de la entidad “Manuel León Mantenimientos Industriales, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Aráez Martínez y defendida por la letrada señora Iglesias del Castillo, contra la entidad “Automoción Sel, Sociedad Anónima”, en rebeldía procesal, en el ejercicio de la acción de reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la entidad “Manuel León Mantenimientos Industriales, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Aráez Martínez y defendida por la letrada señora Iglesias del Castillo, contra la entidad “Automoción Sel, Sociedad Anónima”, en rebeldía procesal, condenando a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de 3.291,19 euros, más los intereses legales de dicha cantidad señalados en el fundamento jurídico segundo de esta resolución; todo ello, con expresa condena de la demandada al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponerse contra ella recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación y para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se hace saber a las partes que, con carácter previo a la interposición del recurso de apelación, el recurrente deberá acreditar la consignación en la “cuenta de depósitos y consignaciones”, abierta a nombre de este Juzgado, de la cantidad de 50 euros, debiendo el letrado de la Administración de Justicia de este Juzgado verificar la constitución del depósito y dejar constancia de ello en los autos, comunicándoles, asimismo, que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid, doña María Jesús del Barco Martínez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Automoción Sel, Sociedad Anónima”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/4.176/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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